Villaviciosa de Odón (BOCM-20240321-69)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MARZO DE 2024

Pág. 145

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69

VILLAVICIOSA DE ODÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaviciosa
de Odón, de 21 de febrero de 2024, por la que se convocan ayudas por nacimiento o adopción de menor correspondiente al año 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con
BDNS (identif.): 748142
A partir del día siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se abre un período de alegaciones de 30 días

BOCM-20240321-69

naturales.
En los términos que a continuación se concretan, se convocan las ayudas por nacimiento o adopción de menor del municipio de Villaviciosa de Odón, por lo que se hace público,
lo siguiente:
Primero. Objeto.—Concesión de ayudas económicas para las unidades de convivencia
por el nacimiento o adopción de un menor de edad, en el período comprendido entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2024, que se encuentren empadronadas en el municipio de
Villaviciosa de Odón de forma ininterrumpida al menos los 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda de nacimiento.
Segundo. Cuantía.—El importe de las ayudas será de 1.000 euros por cada menor
nacido o adoptado. En el caso de partos múltiples se concederá este importe por cada menor nacido en el mismo, así como para cada menor adoptado, si es más de uno.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes,
junto con la documentación requerida en la presente convocatoria, será de 60 días naturales
desde la fecha de nacimiento o adopción. Para los nacidos antes de la presente convocatoria, los 60 días naturales empezarán a computarse desde la publicación de la misma.
Cuarto. Crédito presupuestario y cuantía total.—Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria se realizarán por lotes y se imputarán al Programa y Partida de la
Concejalía de Menor 2314.48900, denominada “Ayuda por nacimiento o adopción de menor en el año 2024” dentro del estado de gastos del presupuesto vigente, siendo el importe
máximo de 150.000 euros.
En Villaviciosa de Odón, a 12 de marzo de 2024.—La concejal de Servicios Sociales,
Familia, Menor, Mujer, Mayores y Empleo, María San Román Alonso.
(03/4.087/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791