Griñón (BOCM-20240321-53)
Organización y funcionamiento. Ordenanza edificación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 69
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MARZO DE 2024
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240321-53
El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo
de 2024 acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de
edificación, construcciones e instalaciones en el término municipal de Griñón (expediente 880/2023) y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que
estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones y sugerencias, se
considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Griñón, a 11 de marzo de 2024.—El alcalde-presidente.—El concejal-delegado de
Urbanismo, Vivienda Joven y Relaciones Institucionales, Miguel Pereda Navarro.
(03/3.908/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240321-53
El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo
de 2024 acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de
edificación, construcciones e instalaciones en el término municipal de Griñón (expediente 880/2023) y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que
estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones y sugerencias, se
considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Griñón, a 11 de marzo de 2024.—El alcalde-presidente.—El concejal-delegado de
Urbanismo, Vivienda Joven y Relaciones Institucionales, Miguel Pereda Navarro.
(03/3.908/24)
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