B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240321-3)
Nombramiento –  Orden 340/2024, de 6 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se nombran nuevos vocales de la Mesa de Coordinación de Juventud de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE MARZO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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ORDEN 340/2024, de 6 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se nombran nuevos vocales de la Mesa de Coordinación
de Juventud de la Comunidad de Madrid.

Mediante el Acuerdo de 28 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, se crea la
Mesa de Coordinación de Juventud de la Comunidad de Madrid, como órgano colegiado de
información, diálogo y coordinación de las actuaciones y los programas de las distintas consejerías de la Comunidad de Madrid dirigidos a la población joven de la región o con incidencia directa en la misma.
De acuerdo con lo establecido en el punto 1 del apartado octavo del citado Acuerdo,
los vocales de la Mesa de Coordinación de Juventud serán nombrados por el consejero competente en materia de juventud, siendo directores generales entre cuyas competencias se encuentre el desarrollo de programas con incidencia en los jóvenes.
Además, señala el punto 2 del mismo apartado que, de conformidad con las funciones
atribuidas al Consejo de la Juventud en el apartado 8 del artículo 3 de la Ley 8/2017, de 27 de
junio, de Creación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, en relación a la
participación en aquellos espacios de participación y coordinación en materia de juventud entre los diferentes departamentos de la Comunidad de Madrid, será vocal de la Mesa de Coordinación de Juventud la persona que ostente su presidencia, como máximo representante de
la entidad de derecho público con personalidad jurídica propia que en el ámbito de la Comunidad de Madrid ofrece un cauce de libre adhesión para propiciar la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural de España.
El punto 4 de este apartado octavo indica que, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, los vocales podrán ser suplidos temporalmente por la persona titular de otra dirección
general de la misma consejería o, de forma excepcional, por la persona titular de la subdirección general de la dirección general suplida. En el caso del vocal representante del Consejo de la Juventud, será suplido por un miembro de la Comisión Permanente del Consejo
de la Juventud que designe el presidente del Consejo.
Mediante la Orden 3157/2023, de 20 de noviembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se nombran Vocales de la Mesa de Coordinación de Juventud de la
Comunidad de Madrid.
En dicha Orden se nombra como vocales titular y suplente de la Mesa de Coordinación
de Juventud de la Comunidad de Madrid, en representación del Consejo de la Juventud de
la Comunidad de Madrid, a sus entonces Presidente, D. Sergio López Valladares, y Tesorera, Sonia Juan Mas, respectivamente.
El 21 de enero de 2024 es nombrada la IV Comisión Permanente del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, dándose por finalizado el mandato de la III Comisión
Permanente, y es nombrado nuevo presidente de esta entidad de derecho público D. Pablo
de la Hoz Campandegui, por lo que procede nombrar nuevos vocales titular y suplente en
representación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid.
En virtud de las facultades conferidas en el Acuerdo de 28 de octubre de 2020, del
Consejo de Gobierno, y previa solicitud de la Dirección General de Juventud,

Primero
Nombrar como vocales de la Mesa de Coordinación de Juventud de la Comunidad de
Madrid, en representación del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, a D. Pablo de la Hoz Campandegui, Presidente del Consejo de la Juventud de la Comunidad de
Madrid, como vocal titular, y a D.a Brenda Ascanio Pérez, Tesorera del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid, como vocal suplente.

BOCM-20240321-3

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