C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240320-21)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 667/2024, de 9 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan las ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores para el curso 2023-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 68

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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EXTRACTO de la Orden 667/2024, de 9 de marzo, del Consejero de Educación,
Ciencia y Universidades, por la que se convocan las ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores para el curso 2023-2024.
BDNS 748969

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web institucional de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ).
Primero
Objeto y beneficiarios
Ayudas para alumnos con discapacidad igual o superior al 33% que cursen estudios en
las universidades o centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunidad de Madrid,
en el curso 2023-2024.
Segundo
Bases reguladoras
Las bases reguladoras se aprobaron por la Orden 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 107, de 7 de mayo de 2015), modificada por la Orden 1517/2016, de 11
de mayo, de la Consejería Educación, Juventud y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 123 de 25 de mayo de 2016) y por la Orden 1728/2017, de
16 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 132, de 5 de junio de 2017).
Tercero
Criterios de baremación
Las ayudas se concederán en función del grado de discapacidad que acredite el solicitante hasta agotar la totalidad del crédito destinado a la convocatoria.
Cuarto
El importe total destinado a esta convocatoria es de 300.000 euros.
La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el porcentaje del grado de discapacidad del solicitante por el coeficiente multiplicador correspondiente, conforme a los
siguientes criterios:
a) Grado de discapacidad superior o igual al 33 % e inferior o igual al 49 %. El coeficiente multiplicador será de 10 euros.
b) Grado de discapacidad superior o igual al 50 % e inferior o igual al 70 %. El coeficiente multiplicador será de 12 euros.
c) Grado de discapacidad superior al 70 %. El coeficiente multiplicador será de 15
euros.

BOCM-20240320-21

Cuantía