B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240320-7)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en las citadas pruebas, y se anuncia la celebración del ejercicio de la fase de oposición
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2024

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Segundo
Publicar, como Anexo a la presente Resolución, la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el reseñado proceso selectivo.
Tercero
La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas al proceso selectivo no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas
reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar, para aquellas personas que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en el apartado cuarto de la base novena de la Orden 586/2021, de 15 de noviembre.
Cuarto
Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio
de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido tribunal calificador, el
día 27 de abril de 2024, a las 9:00 horas, en la Facultad de Ciencias de la Información (Edificio Aulario) de la Universidad Complutense de Madrid, sita en la Avenida Complutense,
número 3, 28040 (Madrid), y se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base séptima.4,
de la citada Orden 586/2021, de 15 de noviembre.
El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor
acaecidos el día de su celebración, debiendo el citado tribunal adoptar resolución motivada
a tal efecto.
Quinto
No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidas a estas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente resolución.
Asimismo, habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar
su identidad.
No se permitirá el acceso a examen a quienes no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial
que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad
por parte del Tribunal de Selección.
Durante la realización del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, teléfono móvil o reloj inteligente.
Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.
Sexto
Se hará pública, en las páginas web indicadas en el apartado primero, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del primer ejercicio de la oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma, sin perjuicio de que, en este
último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de denegación.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de
la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Dado en Madrid, a 7 de marzo de 2024.—La Directora General de Función Pública,
P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.

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