Leganés (BOCM-20240318-66)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 18 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 66

acordará la apertura de un plazo de diez días hábiles, mediante publicación que se insertará en el tablón de anuncios y edictos electrónico y en la página web municipal.
Cuarta. Sistema de provisión y selección de aspirantes
4.1. El sistema de provisión es el de libre designación.
4.2. Las funciones del puesto a cubrir son las establecidas en el catálogo de funciones
n.o 82 del vigente acuerdo regulador de condiciones de trabajo para el personal funcionario.
4.3. La selección de los/las aspirantes se llevará a cabo atendiendo especialmente a
las competencias profesionales necesarias para el óptimo desarrollo de las funciones del
puesto de trabajo. En particular:
— Experiencia como Técnico Superior en unidades de Recursos Humanos en Entidades Locales, preferentemente en municipios con régimen de gran población.
— Conocimientos y experiencia en el ámbito de la administración local en: Gestión
de nóminas y gestión económica en materia de Recursos Humanos, Presupuesto,
Retribuciones y Seguridad Social.
— Experiencia en elaboración de informes, propuestas y seguimientos de acuerdos
de los diferentes órganos administrativos.
— Experiencia y formación en negociación colectiva.
— Formación realizada e impartida relacionada con el puesto de trabajo.
— Otras titulaciones académicas, máster, especialista, relacionadas con el puesto de
trabajo.
Quinta. Nombramiento
5.1. El nombramiento requerirá la propuesta previa del órgano competente
del servicio o unidad en que figure adscrito el puesto convocado.
Los/las aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su “currículum” profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.
El nombramiento se motivará con referencia al mejor cumplimiento del candidato o
candidata elegido, de los méritos descritos en la convocatoria y a la competencia para proceder a la misma. La motivación deberá hacer expresa referencia a los méritos y capacidad
de la persona propuesta, así como de su idoneidad para el desempeño del puesto.
En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución, la observancia del procedimiento debido.
No obstante lo anterior, podrá quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo, a juicio del órgano competente.
5.2. La toma de posesión se realizará conforme a lo determinado en los artículos 48, 56 y 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo.

Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes bases y conforme a lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse por quien posea la condición de interesado y potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, contado a partir del día siguiente al de su publicación; o bien directamente
recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano correspondiente
del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción.
Leganés, a 6 de marzo de 2024.—La concejal-delegada de Hacienda y Recursos
Humanos, María Pilar Estévez Sánchez.
(03/3.733/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Sexta. Régimen de impugnaciones