B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240318-17)
Concurso de méritos –  Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo I
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 66

lente (conforme a lo establecido en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por
el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su
actualización), cualquiera que sea su situación administrativa.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluya la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de
menores, así como por trata de seres humanos.
h) Haber abonado la tasa por derechos de participación a que se refiere la base 6.1,
salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma, conforme
a dicha base.
4.2. Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de
reunir los requisitos exigidos en la base 4.1, deberán tener legalmente reconocido un grado
de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión. Esta circunstancia también se acreditará una vez superado el proceso selectivo.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la fecha de publicación de
la relación definitivas de admitidos, aun cuando tuviese efectos retroactivos, no podrá conllevar en ningún caso la admisión del aspirante en el cupo de personas con discapacidad.
Quinta
5.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
5.2. La solicitud para participar en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web de la convocatoria, a la que
se puede acceder mediante el siguiente enlace:
— https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutarioservicio-madrileno-salud
O a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid:
— https://sede.comunidad.madrid/
Rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que constan en
el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base
sexta de la presente convocatoria.
Una vez realizado el pago de la tasa deberá asegurarse de la presentación y firma de la
solicitud.
5.3. Para tramitar la solicitud de forma telemática, será necesario disponer de uno de
los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de
confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma
electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones
que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
5.4. El órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado la cumplimentación electrónica de la solicitud.
5.5. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que
constan en el mismo, así como las que se detallan a continuación:
a) Aquellos aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad deberán, además
de marcar el turno libre, señalar la casilla “Cupo de Discapacidad” indicando el
grado de discapacidad que tengan reconocido.
b) El apartado “Datos del/de la representante”, únicamente habrá de ser cumplimentado en el supuesto de que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la solicitud sea firmada por el/la representante que actúa en nombre de la persona interesada. En este caso, deberá aportarse el modelo
de autorización adjunto a esta convocatoria (Autorización de presentación de so-

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