B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240318-17)
Concurso de méritos – Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud, que se relacionan en el Anexo I
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 66
LUNES 18 DE MARZO DE 2024
Pág. 127
además el título de la publicación, autor/es y fecha de la publicación, acompañado de una copia
impresa de la página principal de la publicación.
2.3.2. Comunicaciones, Ponencias y Pósteres.
Por la presentación de comunicaciones, ponencias y pósteres en reuniones científicas convocadas
por entidades oficiales, Sociedades Científicas y Colegios Profesionales, sobre materias relacionadas
directamente con la categoría/especialidad convocada, se puntuará de acuerdo con los siguientes
criterios y tabla de valoración:
Comunicaciones y ponencias
- Autor primero: 0,25 puntos, otros: 0,125 puntos.
Pósteres
- Pósteres: Autor primero: 0,15 puntos, otros: 0,075 puntos.
Para el cómputo de las comunicaciones, pósteres o ponencias presentadas en congresos y
jornadas, el aspirante debe presentar la justificación de la comunicación en libro o revista de
“abstract” de los congresos y jornadas correspondientes.
2.3.3. Proyectos de Investigación.
Se valorarán únicamente los trabajos científicos o de investigación en el campo de la salud
directamente relacionados con la categoría/especialidad a la que se opta, que hayan sido financiados
por Administraciones u Organismos Públicos nacionales y de la Unión Europea y certificados por la
entidad financiadora de los proyectos. Se valorarán los proyectos de investigación financiados por
entidades privadas de reconocido prestigio y certificados por la entidad financiadora.
A los proyectos de investigación con financiación pública se otorgará una puntuación de acuerdo
con los siguientes criterios y tabla de valoración:
-
Como investigador principal: 0,50 puntos por proyecto.
Resto de investigadores: 0,25 puntos por proyecto.
A los proyectos de investigación con financiación privada contemplados en el apartado anterior,
se otorgará una puntuación de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración:
-
Como investigador principal: 0,25 puntos por proyecto.
Resto de investigadores: 0,125 puntos por proyecto.
BOCM-20240318-17
(03/3.861/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 18 DE MARZO DE 2024
Pág. 127
además el título de la publicación, autor/es y fecha de la publicación, acompañado de una copia
impresa de la página principal de la publicación.
2.3.2. Comunicaciones, Ponencias y Pósteres.
Por la presentación de comunicaciones, ponencias y pósteres en reuniones científicas convocadas
por entidades oficiales, Sociedades Científicas y Colegios Profesionales, sobre materias relacionadas
directamente con la categoría/especialidad convocada, se puntuará de acuerdo con los siguientes
criterios y tabla de valoración:
Comunicaciones y ponencias
- Autor primero: 0,25 puntos, otros: 0,125 puntos.
Pósteres
- Pósteres: Autor primero: 0,15 puntos, otros: 0,075 puntos.
Para el cómputo de las comunicaciones, pósteres o ponencias presentadas en congresos y
jornadas, el aspirante debe presentar la justificación de la comunicación en libro o revista de
“abstract” de los congresos y jornadas correspondientes.
2.3.3. Proyectos de Investigación.
Se valorarán únicamente los trabajos científicos o de investigación en el campo de la salud
directamente relacionados con la categoría/especialidad a la que se opta, que hayan sido financiados
por Administraciones u Organismos Públicos nacionales y de la Unión Europea y certificados por la
entidad financiadora de los proyectos. Se valorarán los proyectos de investigación financiados por
entidades privadas de reconocido prestigio y certificados por la entidad financiadora.
A los proyectos de investigación con financiación pública se otorgará una puntuación de acuerdo
con los siguientes criterios y tabla de valoración:
-
Como investigador principal: 0,50 puntos por proyecto.
Resto de investigadores: 0,25 puntos por proyecto.
A los proyectos de investigación con financiación privada contemplados en el apartado anterior,
se otorgará una puntuación de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración:
-
Como investigador principal: 0,25 puntos por proyecto.
Resto de investigadores: 0,125 puntos por proyecto.
BOCM-20240318-17
(03/3.861/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791