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Convenio –  Convenio de 20 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Arquitectura Invisible, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE MARZO DE 2024

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de Diseño, los datos del informe académico del tutor y a su destrucción transcurridos tres años.
La Escuela Superior de Diseño se compromete a informar a los estudiantes, con
ocasión de la comunicación de los datos personales a Arquitectura Invisible, S. L.,
sobre la existencia de dicha comunicación y el tratamiento a realizar por Arquitectura Invisible, S. L.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos
personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza, resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Arquitectura Invisible, S. L.:
La gestión de datos personales de los estudiantes en prácticas tendrá como finalidad el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio en orden
a una adecuada gestión de las prácticas. Los alumnos podrán ejercer los derechos
de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud a Arquitectura Invisible, S. L., mediante el envío
de un correo a la siguiente dirección: oficina@arquitecturainvisible.es
2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Se informa a las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de
gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre las partes.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Arquitectura Invisible, S. L.,
como responsable del tratamiento:
— Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona firmante del
convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración Pública para la gestión de las prácticas.
— Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño.
— Ejercicio de derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el
envío de un correo a la siguiente dirección: oficina@arquitecturainvisible.es
— Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada
sobre la política de privacidad de Arquitectura Invisible, S. L., en arquitecturainvisible.es
Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es
el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación,
gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras
Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y
universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del
tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”. Dispone de información complementaria
en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
Undécima
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de
la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión
está formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas designado por Arquitectura Invisible, S. L., o las personas en que los mismos deleguen
formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.

BOCM-20240316-8

Comisión mixta de seguimiento del convenio