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Convenio –  Convenio de 19 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Smart & Green Design, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE MARZO DE 2024

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B.O.C.M. Núm. 65

centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el
momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.
Los estudiantes realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde, en régimen
de prácticas externas.
Las prácticas se desarrollarán durante el período lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del
documento que le identifica como alumno de la Escuela Superior de Diseño. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal efecto del tutor de prácticas de Smart & Green Design, S. L. En caso de ausencia o retraso, el alumno
estará obligado a comunicarlo al tutor del centro de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia o el retraso.
Las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán
carácter laboral y no podrán dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. No se podrá establecer una relación laboral o de empleo
con contraprestación económica por los servicios prestados. De producirse una
contratación en régimen laboral por parte de Smart & Green Design, S. L., se considerará que el alumno abandona las prácticas, debiendo la misma comunicar este
hecho al director del centro educativo.
En el supuesto en que el estudiante se incorpore a la plantilla de Smart & Green
Design, S. L., tras la finalización de las prácticas reguladas en el presente convenio, el tiempo de realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en contra en el convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en
aquella, ni eximirá al estudiante de la superación del período de prueba.
Smart & Green Design, S. L., podrá dar de baja del programa a los estudiantes que
incurrieran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las
prácticas o no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas establecidas, con previa audiencia al interesado y previa comunicación a la Escuela Superior de Diseño especificando las causas concretas de
la decisión.
La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno afectado.
Con anterioridad al inicio efectivo del período de prácticas, la dirección de la Escuela Superior de Diseño, el tutor de las prácticas designado por Smart & Green
Design, S. L., y el alumno que realizará las prácticas firmarán el anexo 1, el anexo 2,
el anexo 3, el anexo 4 o el anexo 5 a este convenio dependiendo de la titulación para
la que se realizan las prácticas. Se firmará un anexo por cada alumno que realice
prácticas.
La evaluación y calificación de la asignatura de Prácticas externas se realizará por
el profesor-tutor designado por la Escuela Superior de Diseño, teniendo en cuenta el informe del tutor de prácticas de Smart & Green Design, S. L.

Sexta
Otras medidas en materia social, laboral y de empleo

Séptima
Compromisos económicos asumidos por las partes
Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.

BOCM-20240316-7

En relación con la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, a partir del 1 de enero de 2024 será de aplicación la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, correspondiendo a la
Comunidad de Madrid a partir de dicha fecha dar de alta en la Seguridad Social a los alumnos en prácticas externas a que se refiere este convenio.