Torrelodones (BOCM-20240315-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 64

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78

TORRELODONES
OFERTAS DE EMPLEO

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 4 de marzo de 2024, se aprobaron
las bases específicas que han de regir las convocatorias para la creación de bolsas de empleo
para cubrir necesidades del Servicio Municipal de Deportes, cuyo texto es el siguiente:
BASES PLAZAS MONITORES DEPORTES Y PREPARADORES
DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Primero. Objeto de la convocatoria
Las presentes bases tienen por objeto la creación de las listas de espera (bolsa de empleo)
para atender las necesidades del personal contratado de forma temporal o para sustituciones del Servicio Municipal de Deportes de Torrelodones.
Las plazas sujetas a estás bases son las siguientes:





Preparador/a de Actividades Deportivas.
Monitor/a de Tenis.
Monitor/a de Aeróbic.
Monitor/a Deportivo/a.

Segundo. Requisitos de los aspirantes

a) Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo,
de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de
la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión
Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo. Igualmente, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los
familiares del ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con
él, en los términos dispuestos en el citado Real Decreto 240/2007.
b) Podrán participar el cónyuge, sus descendientes y los de su cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad pero que vivan a sus expensas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa en el día que termine el plazo de presentación de solicitudes.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiere sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

BOCM-20240315-78

2.1. Los aspirantes que participen en cualquiera de las convocatorias de las bolsas de
empleo deberán cumplir los siguientes requisitos: