Fuenlabrada (BOCM-20240314-48)
Régimen económico. Patronato Municipal de Cultura. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 63

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48

FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato Municipal de Cultura
Extracto de la resolución número 77, de Vicepresidencia del Patronato Municipal de
Cultura, de 1 de marzo de 2024, por la que se aprueba la convocatoria general de subvenciones a asociaciones y entidades de carácter cultural correspondiente al ejercicio 2024.
BDNS: 746797

ÁREA DE ACTUACIÓN
Patronato Municipal de Cultura

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

CRÉDITO €

2024-4059-330-48000

93.085,89 €

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes
y documentación preceptiva será de 15 días hábiles Contados desde el siguiente a la fecha
de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse tanto en el Registro del Patronato de Cultura como en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en su sede electrónica o en cualquiera de sus Registros Auxiliares como en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Pago.—Cuando la concesión definitiva de las subvenciones quede aprobada
antes del 1 de noviembre de 2024, se establecerá un solo pago anticipado del 100 por 100 del
importe, previo a la justificación.
En el caso de que la concesión definitiva de las subvenciones se apruebe entre el 1 de
noviembre y el 31 de diciembre de 2024, el pago efectivo se realizará tras la justificación
del importe total concedido.

BOCM-20240314-48

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Beneficiarios.—Tendrán la consideración de beneficiarios las asociaciones
o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas, que desarrollen la actividad objeto de subvención dentro del ámbito de la cultura, inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada, siendo requisito que dicha inscripción permanezca debidamente actualizada. No resultarán beneficiarios de las ayudas o subvenciones
aquellas asociaciones o entidades que se encuentren incursas en un procedimiento de reintegro o que tengan pendiente de aprobación la justificación de una subvención previamente otorgada por este Ayuntamiento para el mismo objeto y/o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida del Ayuntamiento habiendo transcurrido el
plazo para ello.
Segundo. Objeto.—Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para asociaciones y entidades ciudadanas asignadas a la Concejalía de Cultura, que
desarrollen proyectos y/o actividades de carácter complementario a los prestados por dicha
Concejalía. Los gastos subvencionables se describen en el artículo 9 de la convocatoria. No
se subvencionarán gastos de material inventariable.
El plazo de ejecución de los proyectos y/o actividades a subvencionar es el año 2024.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas asciende a 93.085,89 euros
con cargo a los siguientes créditos y aplicaciones presupuestarias: