Fuenlabrada (BOCM-20240314-47)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 63

JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

Pág. 179

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas asciende a 496.500,00 euros,
dividido por Áreas de Actuación, conforme al siguiente detalle:
APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA

PRESUPUESTO
EJERCICIO 2024

Proyectos de actividades

2024-4081-924-48000

91.000,00 €

Capital inversiones

2024-4081-924-78200

21.500,00 €

ÁREA DE ACTUACIÓN
Participación Ciudadana
Bienestar Social

Actividades de Integración Social

2024-5011-2319-48004

Juventud e Infancia
(0-30 años)

55.000,00 €

Actividades de información, formación, participación infantil
y juvenil, arte joven y actividades de tiempo libre

2024-4071-924-48010

27.000,00 €

Feminismo

Programas y actividades que fomenten la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres

2024-5021-231-48003

70.000,00 €

Programas, actividades o acciones locales que realicen las
Asociaciones relacionadas con la salud y las asociaciones
relacionadas con la protección animal

2024-5041-311-48900

71.000,00 €

Educación

Proyectos de AMPAS y Asociaciones de alumnos/as de
centros educativos de adultos

2024-6051-326-48001

50.000,00 €

Mayores

Actividades realizadas por asociaciones de Mayores

2024-4131-231-48000

64.000,00 €

Subvención 2024 Inversión

2024-4131-231-78900

12.000,00 €

Subvención a asociaciones beneficio asistencial

2024-6031-231-48001

30.000,00 €

Subvención capital Asociaciones

2024-6031-231-78200

5.000,00 €

Sanidad

JMD Loranca

BOCM-20240314-47

Para el reparto del crédito correspondiente a cada área de actuación, se incorporan a la
convocatoria los criterios de valoración por área.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes
y documentación preceptiva será de quince días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicha solicitud y documentos podrán presentarse preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como en el Registro General
de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros Auxiliares
como en los registros y oficinas relacionados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Pago.—En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva quede aprobada antes del 1 de noviembre de 2024, se establecerá un solo pago anticipado del 100 %
del importe, previo a la justificación.
En el caso de las subvenciones cuya concesión definitiva se apruebe entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, el pago efectivo se realizará tras la justificación del importe total concedido.
El plazo de presentación de las justificaciones de las subvenciones concedidas finalizará el 31 de enero de 2025, mediante la documentación requerida en la convocatoria (artículo 14).
Fuenlabrada, a 4 de marzo de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco J. Ayala Ortega.
(03/3.486/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791