C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240314-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 7 de marzo de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para los años 2024 y 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

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5. Plan de acción: Estas subvenciones se regularán por los convenios para la concesión
directa de subvenciones que en su caso se suscriban. El órgano instructor es el
Comisionado del Gobierno para la Atención a las Víctimas del Terrorismo
6. Seguimiento y evaluación: La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos
fijados en el Plan Estratégico se realizará por los mecanismos previstos en los
convenios por los que se instrumenten las subvenciones.

6.3. VICECONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL: DIRECCIÓN GENERAL
DE COOPERACIÓN CON EL ESTADO Y LA UNIÓN EUROPEA.
OBJETIVO: Fomentar la empleabilidad de los jóvenes, apoyar a la emigración madrileña,
proporcionar ayuda asistencial a los madrileños que estén en situación acreditada de
precariedad en el extranjero, a los retornados y sus descendientes, facilitando su
integración social y laboral.

a) LÍNEAS DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA:
I.

BECAS DE PRÁCTICAS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN CON EL
ESTADO Y LA UNIÓN EUROPEA.
1. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda: La subvención estará
dirigida a titulados universitarios de grado o licenciatura, con un máximo de 30 años de
edad en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, empadronados
en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y que cumplan los demás requisitos
recogidos en la convocatoria.
2. Objetivos y efectos perseguidos: Facilitar el empleo de los jóvenes en la Unión Europea,
mediante la formación y la experiencia adquiridas durante las prácticas realizadas en la
Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, consistentes en el
desarrollo, perfeccionamiento y estudio acerca de la temática europea, sus políticas,
derecho y financiación, la acción exterior y la emigración madrileña.
3. Plazo para su consecución: años 2024-2025.
4. Costes previsibles y fuentes de financiación: Programa 921U Subconcepto 48399.
2024

2025

48.0000,00 euros

48.000,00 euros

La fuente de financiación de las subvenciones descritas proviene exclusivamente de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
5. Plan de acción: Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras vigentes en
el momento de su convocatoria.
6. Seguimiento y evaluación: Se realizará un seguimiento de la ejecución de los objetivos
del Plan mediante una serie de indicadores de ejecución y resultado que se definirán
oportunamente en cada una de las líneas de subvención. Estos indicadores permitirán
verificar el grado de cumplimiento de los objetivos, los resultados previstos y el impacto
de cada actuación.

1. Área de competencia y beneficiarios: Estas ayudas están destinadas a entidades
privadas sin ánimo de lucro que tengan sede en el país donde vayan a desarrollar las
actividades objeto de esta subvención.
2. Objetivos y finalidad: ayuda asistencial destinadas a los emigrantes madrileños que
estén en situación de precariedad.
3. Plazo para su consecución: años 2024-2025.

BOCM-20240314-23

II. SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES, CENTROS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO
DE LUCRO, PARA LA ATENCIÓN Y APOYO A LA EMIGRACIÓN MADRILEÑA EN
SITUACIÓN DE NECESIDAD.