Móstoles (BOCM-20240314-54)
Organización y funcionamiento. Reglamento
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BOCM
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 63
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
MÓSTOLES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por acuerdo número 6/28, del Pleno, de 22 de febrero de 2024, se aprobó inicialmente la derogación de la disposición adicional sexta del Reglamento Municipal del Procedimiento Administrativo del Ayuntamiento de Móstoles. Dicho Reglamento se encuentra
publicado en el link de la web municipal:
https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/sede/normativa-ordenanzas-reglamentos/reglamentos/reglamentosmunicipales.ficheros/158642-Reglamento%20Municipal%20de%20Procedimiento%20Administrativo.pdf
BOCM-20240314-54
El mencionado acuerdo se somete a información pública para que en el plazo de 30 días
hábiles a contar desde el día siguiente a esta publicación se puedan presentar cuantas alegaciones o reclamaciones se estimen oportunas.
Móstoles, a 26 de febrero de 2024.—El secretario general del Pleno, Pedro Daniel Rey
Fernández.
(03/3.538/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 63
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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54
MÓSTOLES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Por acuerdo número 6/28, del Pleno, de 22 de febrero de 2024, se aprobó inicialmente la derogación de la disposición adicional sexta del Reglamento Municipal del Procedimiento Administrativo del Ayuntamiento de Móstoles. Dicho Reglamento se encuentra
publicado en el link de la web municipal:
https://www.mostoles.es/SEDE_ELECTRONICA/es/sede/normativa-ordenanzas-reglamentos/reglamentos/reglamentosmunicipales.ficheros/158642-Reglamento%20Municipal%20de%20Procedimiento%20Administrativo.pdf
BOCM-20240314-54
El mencionado acuerdo se somete a información pública para que en el plazo de 30 días
hábiles a contar desde el día siguiente a esta publicación se puedan presentar cuantas alegaciones o reclamaciones se estimen oportunas.
Móstoles, a 26 de febrero de 2024.—El secretario general del Pleno, Pedro Daniel Rey
Fernández.
(03/3.538/24)
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