D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240314-32)
Convenio –  Convenio de 4 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Real Federación Española de Ciclismo, para la colaboración en la organización del Campeonato de España de Ciclismo en Carretera 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

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la celebración del Campeonato de España de Ciclismo en Carretera 2024, que constará de
las siguientes categorías y pruebas:
— 21 de junio de 2024: CRI: Élite, Élite UCI (Unión Ciclista Internacional), Élite
Féminas, Sub-23 Hombres y Sub-23 Féminas.
— 22 de junio de 2024: Ruta: Élite Féminas, Sub-23 Hombres y Sub-23 Féminas.
— 23 de junio de 2024: Ruta: Élite y Élite UCI.
Segunda
1. La Federación asume, como organizadora del campeonato objeto del presente
convenio, las siguientes obligaciones principales, así como las accesorias que, en su caso,
deriven o puedan derivar de estas, junto con sus costes económicos:
a) Puesta a disposición de personal técnico necesario para la organización de la competición, que se encargará de que esta pueda comenzar y desarrollarse conforme a
las exigencias técnicas de unos eventos deportivos de tales características, conforme a la reglamentación técnica oficial federativa y, en su caso, de las normas internacionales que procedan y, en concreto, para realizar las tareas generales de secretaría, así como la gestión de participantes y el envío de documentación
informativa y reglamentaria necesaria para dicha participación.
b) Montaje técnico y adecuación (incluido el mantenimiento y limpieza necesarios, y
el montaje y funcionamiento de la secretaría técnica u órgano equivalente) de las
instalaciones fijas o provisionales y de las demás zonas de competición. Gastos de
alquiler y uso de infraestructuras, incluyendo personal técnico y audiovisual, material necesario, video marcadores, megafonía, limpieza…, así como los consumos generados durante el campeonato y actividades paralelas.
c) Puesta a disposición del personal de control de accesos y del personal de seguridad
y vigilancia del campeonato.
d) Contratación de los seguros de responsabilidad civil de los participantes.
e) Contratación de los seguros de accidentes para los voluntarios.
f) Protección civil.
g) Médicos, ambulancias y demás servicios legalmente necesarios que garanticen la
cobertura médico-sanitaria del campeonato.
h) Puesta a disposición de los comisarios y delegados federativos necesarios para el
desarrollo de las competiciones.
i) Puesta a disposición del material deportivo de competición necesario para el desarrollo de las pruebas.
j) Transporte interno para la competición de árbitros/jueces, de los coordinadores y
deportistas y entrenadores del campeonato, si fuera necesario.
k) Impresión, preparación y gestión del material gráfico (entradas, acreditaciones,
serigrafía, etc.).
l) Premios, medallas y trofeos.
m) Alojamiento, traslados y manutención de los árbitros/jueces y del coordinador
general del campeonato, personal federativo y jueces de competición.
n) Manutención del personal y de los voluntarios durante las jornadas de competición.
ñ) Marketing y comunicación de la competición, incluyendo la producción televisiva.
o) Otros elementos necesarios para el desarrollo de la competición y actividades paralelas (organización, material variado, mensajería, gastos protocolarios, ceremonias, marketing, licencias comerciales, generadores, consumos de electricidad,
agua, gas, maquinaria, baños públicos, etc.).
p) Asumir cualesquiera otros gastos diversos u otros imprevistos relacionados con la
celebración del campeonato.
q) Poner a disposición de la Comunidad de Madrid un mínimo de treinta invitaciones
para cada día de competición. En el caso de que hubiera una grada de capacidad
igual o superior a 200 personas, el número de invitaciones sería de cuarenta por
jornada.
Asimismo, la Federación se responsabilizará de que las competiciones dispongan de
las pólizas de seguros de responsabilidad civil necesarias, según la normativa vigente en
este tipo de actividades, así como cuantos permisos o autorizaciones administrativas sean
preceptivos, así como del cumplimiento de las exigencias federativas que, en su caso, se establezcan para estas competiciones. En todo caso, y de forma expresa, la Federación man-

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Obligaciones de la Federación