D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240314-31)
Convenio –  Convenio de 1 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Hípica de Madrid, para la organización de la II Copa de la Comunidad de Madrid de salto de obstáculos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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CONVENIO de 1 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Hípica de Madrid,
para la organización de la II Copa de la Comunidad de Madrid de salto de
obstáculos.
En Madrid, a 1 de marzo de 2024.
REUNIDOS

De una parte, don Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, don José Antonio Herreros Ortega, Presidente de la Federación Hípica
de Madrid.
INTERVIENEN
El primero de ellos, en nombre de la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 264/2023, de 5
de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y
en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
El segundo, en nombre y representación de la Federación Hípica de Madrid, inscrita
en la Sección de Federaciones Deportivas del Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 49, en calidad de Presidente de la misma en virtud de su
nombramiento, efectuado con fecha 25 de enero de 2021, y en virtud de las atribuciones de
su cargo recogidas en los artículos 44 y siguientes de los Estatutos Sociales.
Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y,

I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 2.1, apartados g), h), i), j) y k), señala que la política deportiva de la Comunidad de Madrid se inspirará, entre otros principios, en la promoción de la competición deportiva de rendimiento, la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular, entre los más desfavorecidos, la
promoción de las actividades físicas y del deporte entre los disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales como forma de integración social y de terapia y la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre estas y la organización
deportiva privada, así como facilitar el acceso de la mujer al deporte.
II. Que, de conformidad con el artículo 11 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a la Dirección General de Deportes, entre otras,
la colaboración en la organización, promoción y difusión en el territorio de la Comunidad
de Madrid de eventos deportivos, o la organización o coorganización, si procede, y, en su
caso, patrocinio de los mismos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros
entes, entidades u organismos, así como la promoción, patrocinio, organización o colabo-

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