B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240314-12)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 6 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declara superado el proceso selectivo mediante Concurso de Méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Maestro Industrial (Gestión y Servicios del Grupo A, Subgrupo A2), se publica la relación de plazas ofertadas y se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes y la entrega de documentación acreditativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE MARZO DE 2024

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Tercero
Procedimiento, plazo de elección de plazas y presentación de documentación
1. La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos por los aspirantes se realizará en un único llamamiento que tendrá
lugar en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio Madrileño de Salud, sita en la calle Sagasta, número 6 de Madrid, a las 12:00 horas del día 20 de marzo de 2024.
2. Los aspirantes deberán adjuntar al formulario “Elección de plaza y documentación acreditativa” la siguiente documentación:
a) Aspirantes de nacionalidad española:
— Documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Aspirantes que no posean la nacionalidad española:
— Documento que acredite su nacionalidad.
— Documentación acreditativa del vínculo de parentesco requerida en la base 11.1
de la convocatoria.
c) Titulación exigida para su participación en estas pruebas selectivas (Titulo de
Maestría Industrial, Título de Ingeniero Técnico, Título de Grado o equivalente,
expedido por el Ministerio competente). En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero deberá presentarse la credencial de homologación, según lo establecido en la base 11.2 de la convocatoria.
d) En el caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o tarjeta acreditativa del grado de la discapacidad.
e) Conforme lo dispuesto en el artículo 57.1. de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberán presentar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales y de trata de seres humanos, acreditativo de que no han sido condenados

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Segundo
Adjudicación de las plazas ofertadas
1. Las plazas ofertadas se adjudicarán de acuerdo con la solicitud de elección de plazas y siguiendo el orden de puntuación final alcanzado por las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo según se refleja en el Anexo I, sin perjuicio de lo previsto en el
Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
2. Solamente podrán ser declarados aprobados en el proceso selectivo un número de
aspirantes idéntico a las plazas convocadas. En el supuesto de que haya varios candidatos
con idéntica puntuación procederá el desempate con los siguientes criterios:
2.1. Aspirante que concurra por el cupo de discapacidad.
2.2. Estar ocupando plaza en la misma categoría o equivalente en el Servicio Madrileño de Salud en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el Concurso de Méritos.
2.3. Servicios prestados en la misma categoría o equivalente en el Servicio Madrileño de Salud.
2.4. Servicios prestados en la misma categoría o equivalente en el Sistema Nacional
de Salud.
2.5. Puntuación obtenida en formación.
2.6. Letra inicial del primer apellido de los aspirantes. A estos efectos se tendrá en
cuenta la letra “B” según lo establecido en la Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se determina que el orden de actuación de
los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022.
3. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad elegirán plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas para
dicho cupo. Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación final les otorgue dentro
del cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los ofertados en este cupo.