C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240313-12)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 28 de febrero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de ayudas al comercio ambulante de la Comunidad de Madrid para el período 2024-2026
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 62

b) Adquisición de toldos, instalaciones metálicas, carpas y estructuras similares para
la renovación del puesto de venta.
c) Compra de mobiliario o equipamiento comercial, especialmente el destinado a la
exposición de productos.
d) Compra de otro equipamiento específico, como puede ser el caso de carretillas
elevadoras, equipos de frío utilizados en la conservación de productos perecederos que vayan a destinarse a la venta ambulante o equipos de generación de electricidad.
e) Compra de equipos informáticos y software que se dediquen exclusivamente a la
actividad comercial de venta ambulante. En este tipo de equipos se incluyen balanzas electrónicas o cajas registradoras que se encuentren conectadas en red y sistemas electrónicos de pago.
6. Plazo necesario para su consecución
Se considera que el fomento de las actuaciones descritas en el apartado anterior debe
extender su duración para el período 2024-2026, teniendo en cuenta la importancia del apoyo a los proyectos de inversión dirigidos a la modernización de sus vehículos comerciales
y equipamientos, así como los que apuesten por la innovación y la eficiencia comercial y
energética.
7. Costes previsibles y fuentes de financiación
Este Plan Estratégico se elabora de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.1 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En lo que respecta a los costes previsibles, esta línea de ayudas no superará el importe de 500.000 euros anuales. Asimismo, sus fuentes de financiación serán los créditos consignados en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid anualmente, con cargo
al subconcepto 79000 del programa 431A “Comercio”, centro de coste “67PROMCOME”.

1. El seguimiento de las ayudas se realizará por los siguientes órganos:
a) La dirección general competente en materia de comercio en todas sus fases, desde
la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa. En este
sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la
concesión de la subvención, se exige a los solicitantes, con las actuaciones o proyectos finalmente desarrollados, lo que se justificará con la documentación que
deba aportar cada entidad de conformidad con lo que establezcan las correspondientes bases reguladoras.
b) La Intervención de la Comunidad de Madrid, en todas las fases del procedimiento
mediante la fiscalización de la documentación previa a la adjudicación y al pago
de las ayudas de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/1995.
2. Para el seguimiento y cumplimiento de las presentes ayudas se establecen como
indicadores:
— El número de comerciantes ambulantes apoyados.
— Número de pymes del sector ambulante que han recibido ayuda por inversión en
adquisición de vehículo comercial.
— Número de pymes del sector ambulante que han recibido ayuda por inversión en
adquisición de equipamiento informático.
3. El sistema de evaluación y el cumplimiento de objetivos lo realizará la dirección
general citada y se basará en la revisión de los indicadores y tendrá como fin valorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos y proporcionar herramientas para la toma
de decisiones en la planificación de posibles actuaciones futuras mediante el análisis de los
resultados obtenidos.
9. Medidas correctoras
Si como resultado de la evaluación efectuada se pusiese de manifiesto que las acciones impulsadas mediante las ayudas no están cumpliendo los objetivos previstos, se podrán
introducir en el presente Plan Estratégico de Subvenciones las modificaciones que se estimen pertinentes, al objeto de adecuar de forma eficaz los recursos públicos invertidos a la

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8. Seguimiento, indicadores, sistemas de evaluación y cumplimiento de objetivos