Colmenarejo (BOCM-20240313-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 62

5.4. Una vez transcurrido el plazo de alegaciones a las listas provisionales, o en el
caso de que no haya ninguna exclusión o reclamación, se considerarán automáticamente
elevadas a definitivas.
Si las hubiera, serán resueltas por la Alcaldía aprobando las listas definitivas, y resolviendo así las mismas. La resolución que integrará la lista definitiva de los/as candidatos/as se publicará en el tablón de anuncios y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Colmenarejo.
Las listas permanecerán publicadas en la sede y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Colmenarejo, durante al menos un plazo de un mes desde la resolución definitiva.
6. Proceso selectivo

7. Nombramiento y toma de posesión
7.1. En el momento que surja la necesidad del nombramiento por comisión de servicio, el departamento de Recursos Humanos se pondrá en contacto con el candidato, quien
en el caso de aceptar la propuesta, este deberá presentar los siguientes documentos para su
nombramiento:
a) Tarjeta de la Seguridad Social (si la tuviese) o número de afiliación.

BOCM-20240313-42

6.1. El proceso selectivo consistirá en:
a) Valoración de los siguientes méritos:
1. Antigüedad como agente de policía. Un punto por año, máximo cinco puntos.
2. Formación recibida en los últimos cinco años a contar desde la fecha de publicación de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID relacionada con la plaza a cubrir: 0,20 puntos por cada 10 horas de
curso, máximo cinco puntos.
No se valorarán los cursos de formación en los que no conste el número de horas ni aquellos cuya duración sea inferior a 10 horas.
3. Experiencia en grupos especializados de interés para el puesto:
— Estancia en grupos especializados antidrogas: 0,20 puntos por año, hasta
un máximo de un punto.
— Estancia en grupos especializados patrullas caninas: 0,20 puntos por año,
hasta un máximo de un punto.
— Estancia en grupos especializados viogén: 0,20 puntos por año, hasta un
máximo de un punto.
— Estancia en grupos especializados de atestados de tráfico-alcoholemiasaccidentes: 0,20 puntos por año, hasta un máximo de un punto.
b) Entrevista personal con cada aspirante enfocada a revisar junto con ellos su carrera profesional, experiencia, hoja de servicio (destinos específicos, tiempo de estancia en ellos, actuaciones especiales, premios y condecoraciones) y, en general,
sobre aclaraciones que se consideren necesarias en relación con la documentación
aportada por el aspirante para justificar los méritos aducidos. Se valorará con un
máximo de tres puntos.
6.2. Terminada la calificación de los aspirantes, se procederá a elaborar la relación
de los aspirantes con sus correspondientes puntuaciones.
6.3. El orden de prelación de los aspirantes en la lista definitiva se establecerá de
mayor a menor puntuación.
6.4. En el caso de empate, se tendrá en cuenta la mayor puntuación por antigüedad.
En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la fecha de solicitud.
6.5. Finalizado el proceso de valoración, se procederá a la publicación, en el tablón
de anuncios, sede electrónica y página web del Ayuntamiento, de los anuncios con las listas de los aspirantes y sus correspondientes puntuaciones.
6.6. Sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse, los aspirantes dispondrán
de un plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación de las listas, para presentar alegaciones en relación con la valoración obtenida. El Tribunal de Selección procederá en un plazo de 5 días naturales a contar desde la finalización del plazo de presentación de alegaciones, para analizar estas y efectuar la propuesta de las listas definitivas.
6.7. Las listas definitivas serán aprobadas por el órgano competente, quedando en
este momento constituidas la bolsa con los aspirantes que hayan superado el proceso de
configuración de la lista de espera.