Colmenarejo (BOCM-20240313-41)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 62

del Real Decreto 598/1985, de 20 de abril, en cuanto a la declaración de actividades del Sector Público.
c) Número de cuenta corriente.
d) Cuantos otros documentos sean requeridos por el área de Recursos Humanos.
7.2. Si el aspirante de la lista de espera rechazase la propuesta de contratación sin un
motivo justificado será dado de baja de la lista de espera.
7.3. Una vez aceptada la oferta de trabajo, el candidato se someterá a una evaluación
de la salud inicial.
8. Impugnación
8.1. Régimen de impugnaciones:
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, con sede en Gran Vía,
número 19, de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día
siguiente al de publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril y
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
8.2. Facultad del Tribunal Calificador:
El Tribunal Calificador está facultado para resolver las dudas o las discrepancias que
se originen durante el desarrollo del proceso de selección.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será de aplicación la normativa vigente en materia de Función Pública, Procedimiento administrativo y normativa
interna propia del Ayuntamiento de Colmenarejo, compatible con el régimen jurídico de las
Administraciones Locales.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, los datos contenidos en la instancia de acceso a la bolsa de empleo y los aportados por los interesados en el desarrollo del proceso selectivo, serán objeto
de tratamiento por parte del Ayuntamiento de Colmenarejo, responsable del tratamiento de
datos de carácter personal.
Podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como otros derechos,
tal y como se explica en la información detallada del tratamiento de datos de carácter personal, que puede consultarse en la página web del Ayuntamiento de Colmenarejo».

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9. Protección de datos