B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20240313-10)
Nombramiento –  Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se nombra Catedrático de Universidad del Área de Conocimiento de “Organización de Empresas”, a don Fernando Javier Crecente Romero
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE MARZO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Universidad de Alcalá
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RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que
se nombra Catedrático de Universidad del Área de Conocimiento de “Organización de Empresas”, a don Fernando Javier Crecente Romero.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza
de Catedrático de Universidad código: Z053/DOE107, del Área de “Organización de Empresas”, convocada por Resolución de esta Universidad de fecha 7 de diciembre de 2023 (“Boletín
Oficial del Estado” de 18 de diciembre), y presentada por el interesado la documentación a que
hace referencia la base novena de la convocatoria; este Rectorado, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 69 y 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de marzo), y demás disposiciones concordantes,
HA RESUELTO

BOCM-20240313-10

Nombrar a don Fernando Javier Crecente Romero, DNI ***2860**, Catedrático de Universidad del Área de “Organización de Empresas”, código: Z053/DOE107, adscrita al Departamento de Economía y Dirección de Empresas de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente al de la
publicación de la correspondiente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.
Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, podrá recurrirse en vía
contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de
notificación o publicación del acto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso,
no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, a 27 de febrero de 2024.—El Rector, José Vicente Saz Pérez.
(03/3.273/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791