Ciempozuelos (BOCM-20240312-38)
Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 61

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240312-38

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre; 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por resoluciones del concejal-delegado
en el área de Hacienda números 546 y 569, dictadas ambas en fecha 29 de febrero de 2024,
se ha dispuesto cuanto sigue:
Aprobar el padrón, la lista probatoria y las liquidaciones provisionales correspondientes a:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) ejercicio 2024, cuyo período voluntario de ingreso queda establecido entre el 27 de marzo y el 27 de mayo
de 2024, ambos inclusive.
— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local
con el mercadillo municipal de carácter periódico semanal (primer semestre 2024),
cuyo período voluntario de ingreso queda establecido entre el 27 de marzo y el 27
de mayo de 2024, ambos inclusive.
Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados de ambos tributos es el 22 de abril de 2024.
Por ello:
— Quedan expuestos al público en la Tesorería y en la Recaudación municipal durante el plazo de quince días los correspondientes padrones y listas cobratorias.
— Modalidad de cobro: exclusivamente mediante la presentación del recibo de pago
a través de las entidades que tienen atribuida la condición de entidad colaboradora
en la recaudación del Ayuntamiento de Ciempozuelos: Eurocaja Rural SCC, Banco Santander, S. A., Unicaja Banco, S. A., Ibercaja Banco, S. A., y pago “on-line”
a través de la pasarela de pagos que encontrará en ayto-ciempozuelos.org.
— Lugares de pago: en cualquier oficina de las entidades anteriormente relacionadas
y enlace online señalado.
— Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas
por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos ejecutivos, los intereses de demora y en su caso, las costas que se establezcan.
Contra las correspondientes resoluciones, que agotan la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, el recurso de reposición preceptivo regulado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el TRLRHL ante el órgano que dictó el acto, previo al
recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
En Ciempozuelos, a 29 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno
Pérez.
(01/3.404/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791