C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20240312-17)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto del Acuerdo de 28 de febrero de 2024, por parte de la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado y Doctorado, del XXI Programa de Becas UAH-BSCH “Miguel de Cervantes” de residencia para estudios de máster en la Universidad de Alcalá. Curso 2024-2025
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 61

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE MARZO DE 2024

Pág. 103

Sexto
Otros datos
La duración máxima de las becas para estudiantes de máster será de diez meses durante el período correspondiente al curso académico 2024-2025 (desde el 15 de septiembre de 2024 al 15 de julio de 2025) y podrá ser renovada una única vez (por un semestre para
los másteres de 90 créditos o por dos semestres para los másteres de 120 créditos), y solo
para el estudiantado que haya sido admitido en un estudio de máster de 3 o 4 semestres de
duración (90 o 120 créditos) durante el curso 2024-2025. Se excluye el mes de agosto.
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
La Comisión de Evaluación valorará:
1. Expediente académico y formación previa del/de la candidata/a en relación con
los estudios para los que ha solicitado admisión.
2. Currículum académico profesional.
3. Ser profesor/a universitario/a y/o poder certificar que se va a ejercer como profesor/a universitario/a tras la finalización del máster.
4. No haber resultado beneficiario/a de la beca en anteriores convocatorias.
5. Otros méritos relacionados con la finalidad de la beca, a juzgar por la Comisión
Evaluadora.
La evaluación de las solicitudes corresponderá a una Comisión de Valoración.
La selección de candidatos/as se realizará en régimen de concurrencia competitiva a
través de un procedimiento en dos fases:
1. Los/las directores/as de los másteres, tras analizar la documentación aportada, realizarán una prelación de los/las candidatos/as entre los que cumplan los requisitos de la titulación solicitada.
2. La Comisión de Evaluación procederá a realizar la adjudicación de las becas, a la
vista de la prelación remitida por los/las directores/as y de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria.
La Comisión de Evaluación tendrá en cuenta que la distribución de las becas concedidas sea equilibrada entre los diferentes estudios de máster.
Octavo
Resolución y período de reclamación

BOCM-20240312-17

— Para estudiantes asignados mediante convenios con universidades e instituciones
en los plazos de resolución asociados a cada uno de ellos.
— Para estudiantes residentes en España: 11 de julio de 2024.
La concesión o denegación de la beca se comunicará al correo electrónico facilitado
por el/la solicitante. En el caso de no resultar beneficiario/a se puede interponer reclamación a través de la aplicación informática en la que ha realizado la solicitud, en el plazo de
tres días, contados desde el siguiente a la notificación que se remitirá por correo electrónico.
Alcalá de Henares, a 28 de febrero de 2024.—La Vicerrectora de Posgrado, Formación
Permanente y Extensión Universitaria, Margarita Vallejo Girvés.
(03/3.565/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791