Ciempozuelos (BOCM-20240311-44)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 60

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

CIEMPOZUELOS
URBANISMO

BOCM-20240311-44

Mediante acuerdo Plenario, de 25 de enero de 2024, se aprueba definitivamente el Plan
Parcial correspondiente al Sector 9 “Las Canteras II”, en el término municipal de Ciempozuelos, que en su parte resolutiva dice:
«Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Parcial correspondiente al Sector 9 “Las
Canteras II”, en el término municipal de Ciempozuelos, promovido por iniciativa privada a
instancia de D. Enrique Muñoz Fraile, en nombre y representación de “Muñoz Fraile, S. A”,
teniendo en cuenta que:
— Los condicionantes reflejados EN el Informe Ambiental Estratégico del Plan Parcial del Sector SURT-9 “Las Canteras II” de Ciempozuelos, emitido con fecha 3
de noviembre de 2023 (Reg. Ent.: 17473, de 8 de noviembre de 2023), por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, se incluyen en la documentación del Plan Parcial presentada.
— Deberán aportarse certificaciones registrales de dominio y carga actualizadas de
cada una de las parcelas incluidas dentro del ámbito del Sector SURT-9 “Las
Canteras II”.
— También deberá aportarse la acreditación de la representación por los propietarios
que adopten la iniciativa de al menos el 50 por 100 de la superficie del ámbito de
actuación.
— Asimismo, han de tenerse en cuenta los convenios suscritos por el Ayuntamiento
de Ciempozuelos con el Canal de Isabel II, para la prestación del servicio de alcantarillado y de distribución de agua de consumo humano, por lo que se deberá
dar audiencia al canal de Isabel II en cuanto a la planificación de los servicios de
saneamiento, abastecimiento y reutilización.
Segundo.—Ordenar, a cargo del promotor, la publicación del acuerdo que se adopte
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de ámbito
provincial.
Tercero.—Notificar el acuerdo que se adopte a todos los propietarios afectados».
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un
mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de
cualquier otro que estime pertinente.
En Ciempozuelos, a 20 de febrero de 2024.—La alcaldesa presidenta, Raquel Jimeno Pérez.
(02/3.162/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791