Cercedilla (BOCM-20240311-43)
Régimen económico. Padrón fiscal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 60
LUNES 11 DE MARZO DE 2024
Pág. 227
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiendo sido aprobado, por decreto de Alcaldía el día 27 de febrero de 2024, se encuentra expuesto al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, el padrón cobratorio de:
impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana 2024. El plazo de exposición será de
veinte hábiles, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
El período voluntario de pago será:
FEC. INICIO VOLUNTARIA
FEC. FIN VOLUNTARIA
PRIMER PLAZO
01/04/2024
31/05/2024
SEGUNDO PLAZO
01/07/2024
31/08/2024
TERCER PLAZO
01/10/2024
30/11/2024
BOCM-20240311-43
Los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades, BBVA, Santander y en la sede electrónica www.cercedilla.es
Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en
la Ley General Tributaria.
Contra los datos del padrón expuesto podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes, a partir del
día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.
Cercedilla, a 27 de febrero de 2024.—El alcalde, David José Martín Molpeceres.
(01/3.303/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Habiendo sido aprobado, por decreto de Alcaldía el día 27 de febrero de 2024, se encuentra expuesto al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, el padrón cobratorio de:
impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana 2024. El plazo de exposición será de
veinte hábiles, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
El período voluntario de pago será:
FEC. INICIO VOLUNTARIA
FEC. FIN VOLUNTARIA
PRIMER PLAZO
01/04/2024
31/05/2024
SEGUNDO PLAZO
01/07/2024
31/08/2024
TERCER PLAZO
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30/11/2024
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Los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades, BBVA, Santander y en la sede electrónica www.cercedilla.es
Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.
Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en
la Ley General Tributaria.
Contra los datos del padrón expuesto podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes, a partir del
día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.
Cercedilla, a 27 de febrero de 2024.—El alcalde, David José Martín Molpeceres.
(01/3.303/24)
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