Navalafuente (BOCM-20240311-51)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 60

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

NAVALAFUENTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Certifico: Que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 16 de febrero de 2024, se adoptó el acuerdo que trascrito literalmente dice así:
«6.o Propuesta de aprobación de dedicación parcial del cargo de Alcaldía.
Se da cuenta de la Propuesta formulada por la Alcaldía-Presidencia en relación con
este punto del orden del día, que transcrita literalmente dice:
Propuesta de Alcaldía:
“Por parte de la Alcaldía se considera que para la mejor gestión de los asuntos municipales es necesario que el Alcalde al frente de la gestión municipal desempeñe su cargo en
un régimen de dedicación parcial, ya que la adecuada atención de los asuntos que se les encomienda exige su presencia diaria en el Ayuntamiento así como la asistencia a numerosas
reuniones fuera del municipio por la implicación de otras Administraciones en las materias
de cada Concejalía.
Así, de conformidad con lo expuesto en el párrafo anterior, el cargo propuesto para su
desempeño en régimen de dedicación parcial es el del alcalde-presidente, toda vez que los
cometidos del cargo y la responsabilidad del mismo como responsable del gobierno y la
administración municipal, presidente de los órganos de gobierno y el ejercicio de sus atribuciones, además de las funciones representativas y protocolarias del cargo, aconsejan su
ejercicio en régimen de dedicación parcial.
De conformidad con lo previsto en el artículo 75 y 75 bis de la Ley 7/1985, LBRL, introducido por la Ley 27/2013, así como lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto 24/2018, por parte de la Alcaldía, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar el cargo que podrá desempeñarse en régimen de dedicación parcial con efectos desde el día 1 de febrero de 2024 en los siguientes términos:
— Alcalde-presidente: 23.970,36 ddddd anuales incluidas las actualizaciones del
1 por 100 del año 2023 según Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Segundo.—Este acuerdo deja sin efecto y sustituye el tomado por el Pleno en la sesión
de 6 de julio de 2023 respecto de la dedicación exclusiva y cuantía de retribución de la Alcaldía.
Tercero.—Este acuerdo será hecho público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la Sede electrónica municipal”.
El alcalde aclara que hay un error en la propuesta debe ser de 22.775,68 euros ya que
la propuesta no tenía en cuenta la bajada del 5 por 100.
D.a Josefa Costa Soler dice que la propuesta no se indica la parcialidad de la jornada que
se va a dedicar y que según el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, y que en la
propuesta no se indica el tiempo efectivo dedicado a la Alcaldía y el régimen de dedicación
mínima necesaria y también les llama la atención el carácter retroactivo y consideran que no
es licito cobrar una retribución antes de tomar posesión como alcalde, y deberían conocer si
trabaja en un organismo público porque deberían conocer su jornada laboral porque tiene que
ser fuera de su jornada laboral en la Administración y por eso también votan en contra.
Sometido a votación la propuesta de Alcaldía se aprueba por 7 votos a favor y 2 votos en
contra de los concejales del PSOE, establecer una dedicación parcial del 75 por 100 de la jornada laboral para el alcalde con una retribución del 75 por 100 del sueldo de alcalde según
acuerdo aprobado en sesión de 6 de julio del 2023, con la revalorización del 1 por 100 según
la Ley de Presupuestos del 2023, que asciende a la cantidad de 22.775,68 euros brutos anua-

BOCM-20240311-51

M.a de las Mercedes Sánchez Fernández, secretaria-interventora del Ayuntamiento de
Navalafuente.