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Convenio –  Convenio de 23 de febrero de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Triatlón, para la organización del “Gran Triatlón Madrid”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 60

III. Que la Dirección General de Deportes tiene atribuidas, entre otras, las siguientes
funciones: “La colaboración en la organización, promoción y difusión en el territorio de la
Comunidad de Madrid de eventos deportivos, o la organización o coorganización, si procede, y, en su caso, patrocinio de los mismos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros entes, entidades u organismos”, así como “La promoción, patrocinio, organización o colaboración en la realización de cursos, seminarios, congresos, concentraciones
deportivas, torneos, campeonatos, exhibiciones, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la cultura física entre la población,
en coordinación y cooperación, en su caso, con entidades locales, federaciones y demás
asociaciones, fundaciones y entidades públicas o privadas”, conforme con lo dispuesto en
el artículo 11, letras k) y q) del citado Decreto 264/2023, de 5 de diciembre.
IV. Que las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes
colaboradores de la Administración Pública.
En relación con ello, el artículo 36.h) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, atribuye a sus Federaciones Deportivas el colaborar, en
su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional.
Por su parte, el artículo 11.1.a) y g) del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad
de Madrid, establece que las federaciones deportivas madrileñas ejercen por delegación,
bajo la coordinación y tutela del órgano competente de la Comunidad de Madrid, entre
otras, la función de “calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid”, y “colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las
competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional”.
V. Que, en el ámbito de esta coordinación y tutela a las federaciones, la Comunidad
de Madrid, al disponer de determinados medios necesarios para la organización de la competición objeto del presente convenio, y considerar que la colaboración entre las partes permitirá asegurar que el interés público de la misma quede garantizado y salvaguardado, se
hace necesario la colaboración con la entidad que tiene adjudicada la organización de dicha
prueba, la Federación Madrileña de Triatlón (en adelante, la Federación), colaborando en
aspectos técnicos y en otros imprescindibles para el desarrollo de la competición, conforme a la reglamentación técnica oficial de esta modalidad deportiva. La Comunidad de
Madrid, como consecuencia de la colaboración con la Federación, aportará, además, una
cantidad económica para facilitar el desarrollo de la prueba y asegurar el interés público deportivo existente en la celebración de esta competición deportiva.
VI. Que, mediante certificado expedido por la Secretaria General de la Federación Española de Triatlón, de fecha 15 de enero de 2024, se acredita que el “Gran Triatlón Madrid”,
a celebrar el día 29 de junio de 2024, “es una prueba valedera para el Ranking nacional 2024,
por lo que forma parte del calendario deportivo de la Federación Española de Triatlón”.
VII. Que en la celebración del “Gran Triatlón Madrid”, computable para el ranking
nacional, confluyen intereses comunes de ambas partes, pues, a través de la celebración de
eventos deportivos de este nivel, la Comunidad de Madrid atiende a la consecución de sus
fines en diversos sectores: deportivo, turístico, económico y social, a la vista del impacto
que en los mismos tienen eventos deportivos de estas características.
La organización de estos eventos implica beneficios en cuanto a la formación y experiencia organizativa en eventos deportivos de profesionales y voluntarios implicados en su
organización, además de los efectos que los mismos suponen sobre la propia promoción de
la actividad deportiva, en especial, en la Comunidad de Madrid.
Y, desde una perspectiva social, la organización de esta competición de carácter popular en la Comunidad de Madrid puede ofrecer la oportunidad para la participación activa en
estos eventos, a la vez que se disfruta de varias experiencias deportivas únicas. Asimismo,
pueden suponer una plataforma proactiva de salud e integración social; pueden generar
oportunidades de trabajo temporal y actividad económica a través de los eventos y fortalecer el movimiento de voluntariado, generando alianzas con la universidad, clubes locales y
asociaciones deportivas madrileñas.
Finalmente, es también indudable el impacto económico que eventos populares de estas características conllevan para la sede de su celebración, que se beneficia de un importante retorno económico.
VIII. Que en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
existe dotación económica en el subconcepto 22802, con el fin de suscribir los convenios necesarios para la promoción del deporte en los municipios de la región, con entidades sin fi-

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