D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240311-27)
Convenio –  Adenda de 27 de febrero de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y la Sociedad Madrileña de Neumología y Cirugía Torácica (Neumomadrid), para el desarrollo de acciones formativas en el ámbito de la Escuela Madrileña de Salud
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 60

LUNES 11 DE MARZO DE 2024

Pág. 171

vención y atención clínica. Sus objetivos, recogidos en sus estatutos fundacionales son los
siguientes:
— Fomentar el progreso en el conocimiento científico de las enfermedades torácicas,
como medio para conseguir un mejor tratamiento médico y quirúrgico de las mismas, así como su más eficaz prevención.
— Promover contactos e intercambios profesionales entre sus miembros con fines
científicos y con otros profesionales relacionados con la neumología y la cirugía
torácica.
— Ofrecer asesoramiento a las personas o entidades, tanto públicas como privadas,
que lo requieran sobre aspectos sociales, profesionales, científicos y de investigación en neumología y cirugía torácica.
Cuarto
Que es prioridad de la Consejería de Sanidad facilitar un sistema sanitario cercano que
sin disminuir su calidad científico-técnica destaque la importancia de la dimensión humana en la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. En este marco nació la Escuela Madrileña de Salud.
Quinto
Que se produce una confluencia en sus objetivos, por lo que las partes consideran de
interés el mantenimiento de esta colaboración para mantener estas acciones formativas en
el ámbito de la Escuela Madrileña de Salud.
Sexto
Que la cláusula novena del convenio prevé una vigencia inicial de cuatro años desde
el día de su perfección con el consentimiento de las partes, entendiendo por tal el día en que
el convenio fue suscrito por el último de sus firmantes, pudiéndose prorrogar mediante
acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio por períodos que en su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales.
Séptimo
Que la vigencia del convenio finaliza el 31 de mayo de 2024 y no se ha producido
denuncia expresa por ninguna de las partes. Por el contrario, estas desean mantener la
colaboración para dar continuidad al objeto del convenio.
Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan suscribir esta adenda de
prórroga con la siguiente:
CLÁUSULA
Única
Conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2028, ambas fechas inclusive.
Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de
perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes
intervinientes.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.
Madrid, a 27 de febrero de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de
Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por la Sociedad Madrileña de Neumología y Cirugía
Torácica, el Presidente, Francisco Javier García Pérez.
(03/3.205/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240311-27

Prórroga del convenio