D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240306-49)
Vías pecuarias –  Resolución de 14 de febrero de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Merinas o de palomero, en el término municipal de Ciempozuelos, para ejecución de una nueva canalización de fibra óptica para conectar al Centro de Salud, actuación promovida por Retevisión I, S. A. U.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2024, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de las Merinas o de palomero, en el término municipal de Ciempozuelos, para ejecución de
una nueva canalización de fibra óptica para conectar al Centro de Salud, actuación promovida por Retevisión I, S. A. U.

Examinado el expediente 0959/23 de ocupación temporal de la vía pecuaria Cordel de
las Merinas o de palomero en el término municipal de Ciempozuelos se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 30/198462.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Cordel de las Merinas o de palomero en el
término municipal de Ciempozuelos, para ejecución de una nueva canalización de fibra óptica para conectar al Centro de Salud, actuación promovida por Retevisión I, S. A. U.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y
38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
RESUELVE
Primero

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

BOCM-20240306-49

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0959/23, de referencia.