B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240306-21)
Rehabilitación servicio activo –  Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se estima la solicitud de rehabilitación presentada por doña Laura Cristina Martín Quintana
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 56

— Ley 39/2015, de 1 de octubre (“Boletín Oficial del Estado”. del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Real Decreto 2669/1998, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el procedimiento a seguir en materia de rehabilitación de los funcionarios públicos en el ámbito
de la Administración General del Estado, disponiendo en su artículo 2.2 como supuesto de rehabilitación, la jubilación por incapacidad permanente.
Asimismo, dispone que procederá solicitar la rehabilitación del funcionario jubilado por incapacidad permanente cuando desaparezca la incapacidad que motivo
su jubilación y así quede acreditado mediante dictamen médico emitido por el
Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS u órgano equivalente de la Comunidad autónoma, en la provincia en la que la interesada tenga su domicilio.
El artículo 8 del citado Real Decreto, establece que el funcionario repuesto en su
condición de tal, en virtud de rehabilitación, deberá tomar posesión en el puesto
de trabajo adjudicado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a de la
notificación. Si no lo hiciere, pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
— Demás disposiciones de general y pertinente aplicación.
En base a todo lo anterior y a las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas,
RESUELVE

BOCM-20240306-21

Estimar la solicitud de rehabilitación formulada por doña Laura Cristina Martín Quintana, con efectos desde la publicación de esta resolución por desaparición de la incapacidad
que motivó su jubilación por incapacidad permanente.
A tales efectos, la interesada ocupará un destino provisional, en un centro dependiente de la Dirección de Área Territorial Madrid Sur durante el curso escolar 2023/2024, quedando obligada a participar en los sucesivos concursos de provisión de plazas que se convoquen por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de
Madrid, hasta la obtención de un destino definitivo.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 5 de marzo de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/3.526/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791