Ajalvir (BOCM-20240306-59)
Régimen económico. Ordenanza municipal reguladora circulación
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024

Pág. 217

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

AJALVIR
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240306-59

Aprobado, por el Pleno Municipal del día 15 de noviembre de 2023, la siguiente modificación de la ordenanza municipal reguladora de circulación (aprobada por el Pleno de 6 de
octubre de 2011 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, páginas 102 a 136, del día 31 de diciembre de 2011) y transcurrido el plazo de pública exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin que se presentasen recursos ni alegaciones, se elevó a definitiva, según fija el Pleno de 15 de noviembre
de 2023, al no producirse alegaciones.
Se modifica la ordenanza municipal reguladora de circulación, añadiéndose tras la disposición adicional cuarta la siguiente:
“Disposición adicional quinta: con objeto de mejorar la fluidez y seguridad del tráfico
en el tramo de la M-113, entre los kilómetros 8.1 y 9, el Ayuntamiento de Ajalvir ha restringido el tráfico a vehículos cuyo peso máximo autorizado (P. M. A.) exceda de 3.500 kilos,
así como a aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas, quedando como única
posibilidad de paso de esos vehículos a los autorizados expresamente por este Ayuntamiento de Ajalvir y en aquellas ocasiones que no se pueda realizar por el itinerario alternativo”.
La presente modificación, que incluye el añadir una disposición adicional quinta a la
ordenanza, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ajalvir, a 26 de febrero de 2024.—El alcalde, Víctor Miguel Malo Gómez.
(03/3.139/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791