Madrid (BOCM-20240306-56)
Régimen económico. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Matrícula impuestos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia Tributaria Madrid

BOCM-20240306-56

La directora de la Agencia Tributaria Madrid, en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus estatutos, aprobados por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
de 22 de diciembre de 2008, por resoluciones de 1 de marzo de 2024, ha aprobado las matrículas correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2024, así
como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de
edictos del Ayuntamiento de Madrid:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local con pasos de
vehículos.
— Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local por el uso de cajeros
automáticos propiedad de las entidades financieras.
Se pone en conocimiento de las personas o entidades obligadas al pago, que dichas matrículas estarán expuestas al público, pudiendo consultar sus datos según se indica a continuación, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
— Contactando con la Plataforma de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria
Madrid en el teléfono 914 800 010 (010 si llama desde la ciudad de Madrid), o a
través del número 900 111 065, destinado a las personas mayores de 65 años.
— Presencialmente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente. Podrá obtener la información necesaria para el acceso a dichas oficinas (direcciones, apertura, horarios, cita previa) si llama a los teléfonos anteriores, o en la dirección web
www.madrid.es/oaic
Se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante la directora de la Agencia
Tributaria Madrid, previo a la reclamación económico-administrativa, o bien directamente
reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, previa al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (1 de junio).
Madrid, a 1 de marzo de 2024.—La directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema
T. Pérez Ramón.
(01/3.365/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791