C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240306-29)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 357/2024, de 22 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se convocan las ayudas a la edición de libros correspondientes al año 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 56

MIÉRCOLES 6 DE MARZO DE 2024

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Sexto
Relaciones entre Comunidad de Madrid e interesados
1. La Administración se relacionará de forma electrónica con los interesados, por lo
que las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la
Comunidad de Madrid, disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid:
https://sede.comunidad.madrid/.
2. Las sucesivas notificaciones, relativas a los actos integrantes del procedimiento de
concesión, se publicarán en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid:
https://sede.comunidad.madrid/.
Séptimo
Pago y justificación
1. Las ayudas se abonarán a los beneficiarios de las mismas con carácter de anticipo
a cuenta, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente, y de
acuerdo con las disposiciones líquidas de la Tesorería, no siendo necesaria la constitución
de garantía, y una vez comprobada la obligación de estar al corriente en el cumplimiento de
las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
2. Los beneficiarios deberán presentar la documentación justificativa de la realización del proyecto en un plazo máximo de tres meses desde que se concluya el proyecto subvencionable y respetando en todo caso el plazo máximo de ejecución de 18 meses contados
a partir de la publicación de la orden de concesión. A los efectos de dar cumplimiento a esta
obligación, los beneficiarios deberán comunicar la fecha estimada de inicio y de finalización cumplimentando debidamente el Anexo III. De encontrarse ya editada la obra en el
momento de la concesión, el plazo de 3 meses se contará a partir de la publicación dicha
concesión.
Madrid, a 22 de febrero de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO

BOCM-20240306-29

(03/3.245/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791