Navas del Rey (BOCM-20240305-77)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 55

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE MARZO DE 2024

Pág. 255

BOCM-20240305-77

— Base quinta, punto 1.—Queda de la siguiente manera:
“Los interesados en participar en la convocatoria y proceso selectivo deberán
presentar instancia general, dirigida a la alcaldía en el registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2025, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o a través de la página web municipal: www.navasdelrey.sedeelectronica.es ”.
— Base octava, punto 2, primer ejercicio, tercer párrafo—Queda de la siguiente manera:
“La prueba se calificará de 0 a 10 puntos y se deberá obtener una puntuación
mínima de 5 puntos para superarla. Las respuestas incorrectas se penalizarán
con 0,040”.
— Base octava, punto 2, segundo ejercicio, primer, segundo y tercer párrafo.—Queda de la siguiente manera:
“Este ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio para todas las personas aspirantes que superaran el ejercicio obligatorio previo, consistirá en desarrollar una
prueba informática de tipo práctico, relacionada con el contenido funcional y tareas propios de la vacante convocada y que se corresponderá, a su vez, con las materias comprendidas en el temario que figura en el Anexo I, concretamente, en el
tema 20; y en la que se plantearán, por parte del tribunal, uno o varios supuestos,
a realizar en los ordenadores facilitados para dicho efecto, dirigidos a evaluar los
conocimientos y capacidades de las personas aspirantes. La suite que se utilizará
para realizar el examen de ofimática será Microsoft Office 365.
El contenido de dicha prueba será determinado por el tribunal inmediatamente antes de la realización de la misma. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora (60 minutos).
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos y se deberá obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superarla. Las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes serán los promedios aritméticos de las calificaciones otorgadas por cada
miembro del tribunal”.
— Base octava, punto 3:
“Una vez finalizada la fase de oposición se procederá a la valoración y calificación
de la fase de concurso a las personas que hayan superado la fase de oposición, y
se puntuarán los siguientes méritos hasta un máximo de 5 puntos.
d Servicios prestados en el Ayuntamiento de Navas del Rey, con una puntuación
de 0,48 por cada año acumulado y 0,040 puntos por mes restante.
d Servicios prestados en otras Administraciones públicas, con una puntuación
de 0,40 por cada año acumulado y 0,033 puntos por mes restante.
d Titulaciones académicas oficiales, con una puntuación máxima de 1 punto.
d Bachiller: 0,40 puntos.
d Diplomado/a: 0,60 puntos.
d Graduado/a: 0,80 puntos.
d Graduado con máster o licenciado: 1.
d Cursos de interés relacionados con la Administración (contabilidad, nominas,
urbanismo, padrón, tributos, tasas etc.): hasta un máximo de 4 puntos.
d Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,02 puntos.
d Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de horas lectivas realizadas”.
Navas del Rey, a 20 de febrero de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(03/3.007/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791