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Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una línea de alta tensión en calle Pedriza, número 12, en el término municipal de Alcobendas, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Número expediente: 14-0141-00244.5/2022- 2022P244
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 5 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 55

garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la instalación de una línea
eléctrica de alta tensión de 66 kV en calle Pedriza, número 12, del término municipal de
Alcobendas (28108), cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al
REFERENCIA LÍNEA

UTM ORIGEN X - Y

LONG. (m)

ACTUACIÓN

UTM FINAL X - Y

T.Serv. (kV)

Nº C.

1

TIPO

CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO

2022P244 ILE14411

443.175

4.485.428

2127

NUEVA

443.881

4.487.374

66

SUBTERRÁNEA

HEPRZ1 36/66 kV 1x630 mm² K Al+H155

Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se
concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de
otros organismos oficiales competentes o de terceros, y de lo exigido por la ordenación
urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los
propietarios de locales y terrenos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

BOCM-20240305-54

Tercero