B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20240304-20)
Nombramiento –  Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que se nombra Catedrático de Universidad del Área de Conocimiento de “Tecnología Electrónica”, a don Manuel Ocaña Miguel
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 54

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE MARZO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Universidad de Alcalá
20

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2024, de la Universidad de Alcalá, por la que
se nombra Catedrático de Universidad del Área de Conocimiento de “Tecnología Electrónica”, a don Manuel Ocaña Miguel.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza de Catedrático de Universidad código: Z030/DEL119, del Área de “Tecnología Electrónica”, convocada por Resolución de esta Universidad de 7 de diciembre de 2023 (“Boletín
Oficial del Estado” de 18 de diciembre), y presentada por el interesado la documentación a
que hace referencia la base novena de la convocatoria; este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69 y 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del
Sistema Universitario (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de marzo), y demás disposiciones concordantes,
HA RESUELTO

BOCM-20240304-20

Nombrar a don Manuel Ocaña Miguel, DNI ***0976**, Catedrático de Universidad
del Área de “Tecnología Electrónica”, código: Z030/DEL119, adscrita al Departamento de
Electrónica de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo
de veinte días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente
Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.
Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, podrá recurrirse en vía
contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de
notificación o publicación del acto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso,
no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, a 20 de febrero de 2024.—El Rector, José Vicente Saz Pérez.
(03/2.905/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791