B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240301-13)
Nombramiento –  Acuerdo de 28 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra a los vocales de la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE MARZO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 52

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ACUERDO de 28 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
nombra a los vocales de la Comisión Regional de Coordinación de las Policías
Locales.

El artículo 23 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, crea la Comisión Regional de Coordinación de las Policías
Locales, como órgano consultivo y de asesoramiento, de participación y deliberante.
El artículo 24 de la citada Ley determina que la Comisión estará integrada por:
a) Presidencia: La persona titular de la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales.
b) Vicepresidencias:
1.o La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de coordinación de policías locales o asimilados.
2.o La persona titular de la presidencia de la Federación de Municipios de
Madrid.
3.o La persona titular de la concejalía delegada del Área de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid.
c) Vocales:
1.o La persona titular de la dirección general competente en materia de coordinación de policías locales.
2.o La persona titular de la Dirección General de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.
3.o El responsable o persona en quien delegue de la dirección del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, competente en la formación de
las policías locales.
4.o Dos miembros en representación de la Comunidad de Madrid.
5.o Tres miembros en representación del Ayuntamiento de Madrid.
6.o Cinco miembros en representación de los ayuntamientos de la Comunidad de
Madrid, designados por la Federación de Municipios de Madrid.
7.o Cuatro miembros en representación de las centrales sindicales más representativas entre el funcionariado de los respectivos municipios de la Comunidad
de Madrid.
8.o Un jefe de la policía local, en representación de la asociación más representativa, que agrupe a los jefes de la policía local de la Comunidad de Madrid.
d) Secretaría: Actuará como secretario de la Comisión un funcionario de la Comunidad de Madrid, con voz, pero sin voto.
Tras la celebración de las pasadas elecciones autonómicas y municipales se ha producido una renovación de cargos de las distintas administraciones e instituciones representadas en la Comisión Regional de Coordinación de las Policías Locales. Ello hace necesario
la renovación de los vocales de esta Comisión, de conformidad con las propuestas realizadas por las distintas instituciones y organizaciones.
La Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales se encuentra adscrita a la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de conformidad con lo dispuesto en
el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
De conformidad con el artículo 25 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el nombramiento de vocales en la Comisión Regional de
Coordinación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, el
Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 28 de febrero de 2024,

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