D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240301-30)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo del prácticum del alumnado de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso escolar 2023-2024 en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid
6 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE MARZO DE 2024

Pág. 187

2. Realizar una planificación de las prácticas, que deberá estar finalizada y puesta en
conocimiento de la Comunidad de Madrid y de los centros de prácticas con al menos siete
días de antelación al comienzo de las mismas.
3. Formular, de acuerdo con sus necesidades, propuesta de los centros educativos no
universitarios sostenidos con fondos públicos seleccionados a la Comisión Rectora del Prácticum, en los términos que establezca la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
4. Acordar con los coordinadores y los tutores de los centros no universitarios sostenidos con fondos públicos las condiciones de participación para el desarrollo del Prácticum
y el reconocimiento del mismo.
5. Realizar un seguimiento del desarrollo de las prácticas durante todo el transcurso
de estas.
6. Nombrar a los tutores y coordinadores de prácticas propuestos por los centros y
expedir certificados a los mismos por el desempeño de su actividad con la firma del Rector, Vicerrector o Decano.
7. Garantizar, respecto de su alumnado, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la
adolescencia frente a la violencia y la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías
y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia.
8. Responder de las obligaciones en la Disposición Adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Quinta
cobertura de riesgos.
La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas a que se refiere el presente convenio será asumida por el centro universitario responsable de la oferta formativa, en función de lo dispuesto en la disposición
adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños
de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas,
así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los
que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el período de duración.
Sexta
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa
que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección
de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
El Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza y El Rector se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio,
incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener
acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza o por la Universidad Francisco de Vitoria, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación
del presente convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid, éstos
serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Prácticas universitarias en centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid”, cuya finalidad es la realización del
prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de la formación equivalente previstas en la Orden 2708/2023, de 24 de julio. La base legal de dicho tratamiento se encuentra
en el RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realiza-

BOCM-20240301-30

Protección de datos