Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240229-71)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 51

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS
DEL SUROESTE DE MADRID

Por resolución de Presidencia número 2024-0162, de fecha 27 de febrero de 2024, ha
sido designada nueva fecha y lugar para la celebración del primer ejercicio de la fase de
oposición del proceso de selección para la provisión de una plaza vacante de naturaleza estructural cubiertas interina o temporalmente de conductor/a (SMA-PLF-02), mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal en virtud de lo previsto en el apartado cuatro del artículo 20.dos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, que permite
que a través de la Oferta de Empleo Público la Administración autorice con carácter extraordinario una tasa específica para dar cumplimiento al objetivo previsto en la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo
Público, y dentro del marco general de ejecución de la Oferta Pública de Empleo Extraordinaria correspondiente al ejercicio del año 2023, aprobada por resolución de Presidencia
número 2023-0506, de fecha 13 de septiembre de 2023, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 229, de fecha 26 de septiembre de 2023, referenciada en los términos en que figuran en el expediente de su razón, así como otras actuaciones al respecto del procedimiento de selección.
La realización del primer ejercicio de la fase de oposición del proceso de selección
para la provisión de una plaza vacante de naturaleza estructural cubiertas interina o temporalmente de conductor/a (SMA-PLF-02), mediante procedimiento de estabilización de empleo temporal en virtud de lo previsto en el apartado cuatro del artículo 20.dos de la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para 2023 se desarrollará a partir de las 10:00 horas del
día 12 de marzo de 2024, en el Centro Cultural del municipio de Griñón (calle Fuente de la
Salud, número 33, 28971 Griñón) y no en el día, hora y lugar señalados en la resolución de
Presidencia de fecha 19 de enero de 2024, bajo número 2024-0044, que señalaba su celebración a las 10:00 horas del día 5 de marzo de 2024, en el Edificio Sede de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (calle Miguel Hernández, número 8, 28971 Griñón), ya que por diversos motivos no se puede celebrar el ejercicio en el día y lugar
inicialmente previstos.
Los aspirantes admitidos deberán acudir a la realización de la prueba con la documentación identificativa oficial correspondiente. La no comparecencia del aspirante determinará su automática exclusión del proceso de selección.
El orden de actuación de los aspirantes será el que resulte del sorteo al que se refiere
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado (artículo 17 del Real Decreto 364/1995).
Las restantes convocatorias de realización de pruebas se harán mediante publicación
en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Mancomunidad ( https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es ) y, en su caso, en los restantes lugares indicados por el órgano de selección.
Contra la resolución dictada por la Presidencia, la cual pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el presidente de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, de conformidad con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si
se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier
otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como

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