Torrejón de Ardoz (BOCM-20240228-59)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 50

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la resolución de 19 de febrero de 2024, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local (punto 2), por la que se convocan las Subvenciones a Asociaciones de Mujeres de
la Concejalía de Igualdad, correspondiente al año 2024 (código: 2024/2024/3/640808/000).
BDNS 744895
Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la
Entidad que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.
Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades,
del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos un año de antigüedad con carácter
general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la Junta de Gobierno Local, así como, estar dadas de alta en la Sede Electrónica Municipal.
Podrán optar a esta subvención con cargo a la presente línea, todas las asociaciones de
Mujeres del municipio, que se hallen legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, en el área de Igualdad y cumplan con los requisitos que a continuación se enumeran:
— Tener entre sus fines el desarrollo de programas o proyectos destinados a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombre, la prevención de la violencia de
género, a través de realización de actividades sociales y comunitarias y campañas
de sensibilización o preventivas, así como el fomento del asociacionismo entre
mujeres del municipio y mantenimiento de la asociación.
— Tener justificada la subvención concedida en el ejercicio anterior, o en caso de no
haber ejecutado parcial o totalmente el proyecto por causa debidamente justificada, haber reintegrado el importe que corresponda.
— Colaborar activamente con el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz en las actividades organizadas por el mismo que tengan relación con el objeto propio de la asociación.
— No será requisito exigible haber solicitado la subvención en el ejercicio inmediatamente anterior para la otorgación de la subvención en la presente convocatoria, o
futuras.
Segundo. Finalidad.—Son susceptibles de subvención los proyectos relacionados
con el objeto y la finalidad de la propia asociación, conducta o situación de colaboración
con el ayuntamiento para la gestión de actividades de interés social, de promoción de la
igualdad y prevención de violencia de género.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para
la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se pueden consultar
en la web del Ayuntamiento Ordenanza y bases reguladoras concesión subvenciones.pdf
( ayto-torrejon.es ) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la aplicación
presupuestaria 050-23102-48000 denominada “Subvenciones y Ayudas Concejalía de
Igualdad” del presupuesto para el año 2024 destinará un máximo de treinta mil cuatrocientos euros (30.400 euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación se realizará desde el 8 al 31 de marzo de 2024 (ambos inclusive).
Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.

BOCM-20240228-59

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/BOCM-20161227-48.PDF