El Vellón (BOCM-20240228-41)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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EL VELLÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 15 de febrero de 2024:
Acuerda la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del ejercicio 2024:
Plazos de ingreso en período voluntario: desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo de 2024.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y tasa vados.
Plazos de ingreso en período voluntario: desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2024.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.
— Tasa recogida de basura.
— Pastos.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha del inicio del período voluntario.
Plazo de exposición: quince días a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán ser examinados y ser presentados recursos y reclamaciones en base a lo siguiente:
Se podrán interponer los recursos de conformidad con lo establecido en el artículo 14
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El vencimiento del plazo de ingreso en
período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los
términos del artículo 161.4 de la Ley General Tributaria. Se podrán interponer los recursos
de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo de los intereses de
demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos del artículo 161.4 de la Ley
General Tributaria.

BOCM-20240228-41

El Vellón, a 15 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Catalina Llorente Fernández.
(01/2.705/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791