C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240228-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial de 2024 del Convenio Colectivo del Sector de Transitarios de Madrid, suscrita por la Comisión Negociadora (código numero 28010785011999)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DE 2024

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ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE TRANSITARIOS
DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ASISTENTES:
En representación de ATEIA-OLTRA:
D. Carlos Arauz Sánchez
D. Cesáreo Fernández Crespo
Dª. Laura Moreira Fernández
En representación de CC.OO:
D. Francisco González Márquez
D. Miguel Ángel Diaz Moyano
En representación de U.G.T:
D. Desiderio Martín Jordedo
D. Rafael Bonilla Frasquier

En Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil veinticuatro, siendo las 17:00 horas, se reúnen de
manera telemática las personas que se relacionan en representación de las entidades que se
indican, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Transitarios de la
Comunidad de Madrid, y por unanimidad,

ACUERDAN
Primero.- Conforme a lo establecido en el art. 3 del Convenio Colectivo de Transitarios de Madrid,
se aprueban las tablas salariales para el año 2024 con un incremento total del 2,6% sobre las tablas
del ejercicio anterior, al aplicar el 2% pactado para este año más el 0,6% correspondiente a la
diferencia entre el Índice de Precios de Consumo (IPC) del año 2023 (3,1%) y la subida pactada
para el ejercicio pasado (2,5%).
Segundo.- Las tablas salariales para el año 2024 del referido Convenio Colectivo son suscritas por
la totalidad de los integrantes de la Comisión Negociadora, que ostentan representatividad y
legitimidad suficiente para dotar de eficacia general al Convenio Colectivo al amparo de lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Tercero.- Que sobre las tablas salariales aprobadas para el 2024, se aplicará en el 2025 la diferencia
entre el IPC real del presente año y el 2% pactado para este ejercicio, y, posteriormente, se
incrementarán en la cantidad que se acuerde en el nuevo Convenio Colectivo.
Cuarto.- Se acuerda delegar en Luis Ángel García Delafuente, con DNI 50828076-P, para que en
nombre de la Comisión Negociadora realice los trámites necesarios para solicitar a la Autoridad
Laboral el depósito, registro y publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de las
referidas tablas del Convenio Colectivo.

BOCM-20240228-18

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 17,30 horas del día al comienzo
indicado, firmando todos los asistentes.