Valdeolmos-Alalpardo (BOCM-20240227-78)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 49
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024
Pág. 233
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Don Miguel Ángel Medranda Rivas, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley de Bases de Régimen
Local y según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, he resuelto:
Aprobar el calendario fiscal para el año 2024.
TRIBUTO O INGRESO DE DERECHO PÚBLICO
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (urbana)
Del 1 de mayo al 30 de junio
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (rústica)
Del 1 de mayo al 30 de junio
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Tasa por gestión de residuos urbanos
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Tasa entrada vehículos a través de acera y vado
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Tasa por mantenimiento cementerio
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Impuesto de Actividades Económicas
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
BOCM-20240227-78
En caso de coincidir en domingo o festivo el inicio o la finalización de los períodos voluntarios de pago, comenzarán o terminarán el siguiente día hábil.
Las domiciliaciones de los tributos se cargarán en cuenta el día 1 de junio y el 1 de noviembre, respectivamente, o siguiente día hábil.
Los padrones estarán expuestos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante los
quince días anteriores al comienzo del período voluntario de pago.
Valdeolmos-Alalpardo, a 22 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel
Medranda Rivas.
(01/2.633/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
VALDEOLMOS-ALALPARDO
RÉGIMEN ECONÓMICO
Don Miguel Ángel Medranda Rivas, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley de Bases de Régimen
Local y según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, he resuelto:
Aprobar el calendario fiscal para el año 2024.
TRIBUTO O INGRESO DE DERECHO PÚBLICO
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (urbana)
Del 1 de mayo al 30 de junio
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (rústica)
Del 1 de mayo al 30 de junio
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Tasa por gestión de residuos urbanos
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Tasa entrada vehículos a través de acera y vado
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Tasa por mantenimiento cementerio
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
Impuesto de Actividades Económicas
Del 15 de septiembre al 15 de noviembre
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En caso de coincidir en domingo o festivo el inicio o la finalización de los períodos voluntarios de pago, comenzarán o terminarán el siguiente día hábil.
Las domiciliaciones de los tributos se cargarán en cuenta el día 1 de junio y el 1 de noviembre, respectivamente, o siguiente día hábil.
Los padrones estarán expuestos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante los
quince días anteriores al comienzo del período voluntario de pago.
Valdeolmos-Alalpardo, a 22 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel
Medranda Rivas.
(01/2.633/24)
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