Alcobendas (BOCM-20240227-46)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 49

Composición del tribunal de selección

BOCM-20240227-46

Presidente:
— Titular: María Elena Hidalgo García.
— Suplente 1: Celia Catalina Montero.
— Suplente 2: María Jesús de Diego Cerezo.
Vocales:
— 1.er vocal:
d Titular: María Isabel Sánchez Castro.
d Suplente: Francisco José Fulgueiras Ortiz.
— 2.o vocal:
d Titular: María del Mar Salvador Ávila.
d Suplente: Lourdes Bachiller Alcocer.
— 3.er vocal:
d Titular: Elisa Bargueño Pérez.
d Suplente: Mercedes Angelina Poza.
Secretario:
— Titular: Angelina Peñas Esteban.
— Suplente: Federico Gallardo Ortiz.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPCAP), y 8, 10 y 46 y demás
concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra dicha resolución podrán interponerse los siguientes recursos:
— Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o recurso contencioso-administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
— Contra la desestimación presunta del recurso de reposición y en el plazo de seis
meses a partir del día siguiente al cumplimiento del plazo de un mes que tiene el
Ayuntamiento para la resolución y notificación del referido recurso de reposición,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Podrá, asimismo, interponer cualquier otro recurso que estime pertinente y que convenga a sus intereses, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión a que se refieren los artículos 125 y 126 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Alcobendas, a 12 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Rocío García Alcántara.
(02/2.615/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791