B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240227-11)
Habilitación lingüística –  Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran los tribunales, se anuncian los lugares y las fechas de comienzo de las pruebas del procedimiento para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución conjunta de 27 de diciembre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 49

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

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Séptimo
Lista provisional de candidatos que hayan superado el procedimiento
Finalizado el desarrollo de las pruebas, los tribunales expondrán en el tablón de anuncios de las sedes y en la página web, la lista provisional de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista provisional, los interesados podrán presentar alegaciones, en la misma sede del tribunal, en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de su exposición, pudiendo los tribunales indicar las fechas de recepción de alegaciones.
Las alegaciones deberán ir dirigidas al Presidente del tribunal.
Examinadas las alegaciones, los tribunales elevarán a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, y/o a la Dirección General de Recursos Humanos, la lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento, ordenada por orden alfabético.
Octavo
Lista definitiva de candidatos que hayan superado el procedimiento
Mediante Resolución conjunta de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, se procederá a la aprobación de la lista definitiva de los candidatos que hayan superado el procedimiento, entendiéndose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma. Esta lista se publicará en los mismos lugares que se relacionan en la base séptima de la
Resolución conjunta de 27 de diciembre de 2023, donde permanecerán expuestas durante
el plazo establecido para poder interponer recurso, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
De conformidad con lo establecido en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra esta Resolución
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación ante la Viceconsejería de Política Educativa, para los profesores de centros privados concertados y ante la
Viceconsejería de Organización Educativa en el caso de los docentes de centros públicos.
Noveno
Indemnizaciones por razón del servicio
Quedan autorizados los desplazamientos de los miembros de los tribunales que necesiten desplazarse de su residencia oficial para el ejercicio de tal función, teniendo derecho
a percibir las indemnizaciones que correspondan, de acuerdo con la normativa vigente.
Asimismo, a efectos de asistencias, los miembros de los tribunales, percibirán las
cuantías correspondientes que se determinen en dicha normativa.
Décimo
Recursos

BOCM-20240227-11

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al
de su publicación.
Madrid, a 20 de febrero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.