D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240227-26)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades), y la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, durante el curso escolar 2023-2024, en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 49

6. Nombrar a los tutores y coordinadores de prácticas propuestos por los centros y
expedir certificados a los mismos por el desempeño de su actividad con la firma del Rector, Vicerrector o Decano.
7. Garantizar, respecto de su alumnado, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la
Adolescencia frente a la Violencia, y la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia.
8. Responder de las obligaciones en materia de Seguridad Social, en virtud de lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo.
Quinta
Cobertura de riesgos
La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas a que se refiere el presente convenio será asumida por el centro universitario responsable de la oferta formativa, en función de lo dispuesto en el apartado tercero
del artículo 34 del Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, por el que se modifica la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La Universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños
de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas,
así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los
que no lo asuma el seguro escolar, durante todo el período de duración.
Sexta
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
El Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza y el Vicerrector de Estudiantes y Empleabilidad se informan recíprocamente de que los datos personales que se
recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de
las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados
por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza o por la Universidad Autónoma de Madrid, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid, éstos
serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Prácticas universitarias en centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid”, cuya finalidad es la realización del
prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, Máster universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de la formación equivalente previstas
en la Orden 2708/2023, de 24 de julio. La base legal de dicho tratamiento se encuentra en el
RGPD 6.1.e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En lo referente a los datos personales tratados por la Universidad Autónoma de
Madrid, serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Prácticas externas
y empleabilidad”, cuya finalidad es la gestión de la Bolsa de Empleo, prácticas externas,
orientación profesional y realización de encuestas tanto de inserción laboral a los estudiantes
y titulados de la UAM, como a las entidades colaboradoras en materia de prácticas y empleo
con la finalidad de mejorar la empleabilidad de los estudiantes y titulados UAM, así como la
investigación científica y fines estadísticos y cuya base legal es RGPD 6.1.a) “el interesado

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