D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240227-24)
Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad de Alcalá para el desarrollo del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, durante el curso escolar 2023-2024, en centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 49

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE FEBRERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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CONVENIO de colaboración de 16 de noviembre de 2023, entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Universidad
de Alcalá para el desarrollo del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, durante el curso escolar 2023-2024, en centros
educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de
Madrid.
En Madrid, a 16 de noviembre de 2023.
REUNIDOS

De una parte, D. David Cervera Olivares, Director General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza, nombrado por Decreto 198/2023, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de
la Comunidad de Madrid, con competencia delegada en materia de celebración de convenios con universidades para el desarrollo de prácticas de grado en Magisterio, Pedagogía y
Psicología, máster universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de la formación
equivalente, por la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los
titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, Dña. Eva Senra Díaz en calidad de Vicerrectora de Estudiantes, Emprendimiento y Empleabilidad de la Universidad de Alcalá, nombrada mediante Acuerdo del
Rector de la Universidad de Alcalá con fecha de 26 de marzo de 2022, en nombre y representación de la misma en virtud de las competencias que le corresponden según Resolución
de 29 de marzo de 2022, del Rector de la Universidad de Alcalá, sobre delegación de competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2022).
Reconociéndose recíprocamente competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto
EXPONEN

El artículo 100.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece
que la formación inicial del profesorado se ajustará a las necesidades de titulación y cualificación requeridas por la ordenación general del sistema educativo. Asimismo, su contenido
garantizará la capacitación adecuada de todos los docentes para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar las enseñanzas a las nuevas necesidades formativas.
Igualmente establece el artículo 100.2 de la mencionada norma que, para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas en la presente Ley, será necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y
didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.
Finalmente, el artículo 100.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,
determina que corresponde a las Administraciones educativas establecer los convenios
oportunos con las universidades para la organización de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el apartado anterior.
Segundo
La Orden ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos
para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de
la profesión de Maestro en Educación Infantil y la Orden ECI/3857/2007, de 27 de diciem-

BOCM-20240227-24

Primero