C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20240226-26)
Extracto convocatoria subvenciones –  Resolución de 12 de febrero de 2024, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan bolsas de viaje dirigidas a los estudiantes de doctorado matriculados en programas de doctorado regulados por el Real Decreto 99/2011 y 576/2023, para la participación como ponente en congresos científicos internacionales durante el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE FEBRERO DE 2024

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La notificación de las listas de personas admitidas y excluidas se efectuará a través de
la Carpeta ciudadana disponible en la sede electrónica de la URJC, en la dirección:
https://sede.urjc.es/ov/carpeta-ciudadana dentro de la que se habrá abierto una ventana para
subsanar. La ruta a seguir será:
— Sede electrónica URJC/Carpeta ciudadana/Expedientes/Expediente a subsanar/
Subsanar.
Finalizado el plazo de subsanación de solicitudes, se publicará la lista definitiva de solicitudes admitidas a estudio dentro de los 5 días hábiles siguientes.
La evaluación de las solicitudes presentadas y admitidas se llevará a cabo por la Comisión prevista en la Base 7.3 de la presente convocatoria.
4.6. La presentación en tiempo y forma de la solicitud por el interesado supone:
a) Que acepta las presentes Bases y su convocatoria.
b) Que todos los datos incorporados a la solicitud son ciertos.
c) Que es conocedor de que cualquier inexactitud de los hechos declarados dará lugar a la denegación o revocación de la ayuda concedida.
d) Que no está incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y
34.5 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
4.7. Los procedimientos de publicidad, tramitación de la convocatoria y de concesión de las ayudas solicitadas deberán someterse a lo establecido en los artículos 6, 7 y 8 de
la Normativa para la tramitación de subvenciones a conceder por la Universidad Rey Juan
Carlos aprobada mediante acuerdo de Consejo de Gobierno de dicha Universidad, de 21 de
septiembre de 2018.
Una vez admitida con carácter definitivo la solicitud, la tramitación del procedimiento queda a cargo del Comité de Dirección de la Escuela Internacional de Doctorado, que
propondrá entre sus miembros la siguiente Comisión de Valoración:
— Presidente: Subdirector de Internacionalización de la Escuela Internacional de
Doctorado.
— Secretario: Secretario Académico de la Escuela Internacional de Doctorado.
— Vocales: Un representante de cada programa de doctorado para el cual haya solicitudes. Por defecto, actuarán como representantes los coordinadores de dichos
programas de doctorado.
También podrá actuar como representante el miembro de la comisión académica que
la Comisión Académica del programa de doctorado designe.
La publicación de la composición de la Comisión se realizará junto a la publicación de
listados definitivos de admitidos y excluidos al procedimiento.
Los criterios de valoración serán los que figuran en la base 7 de la presente Convocatoria.
Octavo
Resueltas por la Comisión de Valoración las alegaciones presentadas en tiempo y forma, a la propuesta de resolución provisional, el Rector dictará resolución final del presente procedimiento.
La publicación de la resolución final de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía
administrativa de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el
mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
a su notificación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo
previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición
de cualquier otro recurso que se estime procedente.
A los efectos de la práctica de la notificación personal de todos los procedimientos relativos a la presente convocatoria, las comunicaciones se dirigirán a la dirección electróni-

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Resolución y recursos