C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20240226-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Resolución de 12 de febrero de 2024, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2024, cofinanciada por el Banco Santander, dirigidas a los estudiantes de doctorado matriculados en Programas de Doctorado regulados por el Real Decreto 99/2011 y 576/2023, para la realización de tesis encaminadas a la obtención de la mención de “Doctor Internacional” dentro de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 48

LUNES 26 DE FEBRERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Universidad Rey Juan Carlos
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RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2024, del Rector de la Universidad Rey Juan
Carlos, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2024, cofinanciada
por el Banco Santander, dirigidas a los estudiantes de doctorado matriculados en
Programas de Doctorado regulados por el Real Decreto 99/2011 y 576/2023, para
la realización de tesis encaminadas a la obtención de la mención de “Doctor Internacional” dentro de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Rey
Juan Carlos.
BDNS: 744640

Extracto de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se
convocan ayudas correspondientes al año 2024, cofinanciada por el Banco Santander, dirigidas a los estudiantes de doctorado matriculados en Programas de Doctorado regulados
por el Real Decreto 99/2011 y 576/2023, para la realización de tesis encaminadas a la obtención de la mención de “Doctor Internacional” dentro de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero
Beneficiarios

a) Que se encuentren matriculados en Programas de Doctorado regulados por el
RD 99/2011 y/o el RD 576/2023 y que cuenten con, al menos, una evaluación
anual positiva por parte de su Comisión Académica.
b) Que vayan a realizar una estancia mínima de tres meses naturales en un centro de
educación superior o de investigación en un país extranjero para realizar trabajos
de investigación o actividades de formación, relacionadas directamente con su tesis doctoral. El tiempo de estancia de tres meses en el país extranjero se computará de tal manera que el día final será el día del mes equivalente a aquel en que se
inició la estancia. Se permitirán estancias más cortas cuando la duración de la
suma de las estancias realizadas por el estudiante cumpla con los requisitos que
permiten optar a la Mención Internacional (Base Séptima).
c) Las ayudas no podrán solicitarse para realizar estancias en el país de residencia ni
de origen del estudiante.
d) No podrá solicitarse la ayuda por quienes ya cuenten con estancias previas en centros extranjeros que cumplan los requisitos para optar a la Mención Internacional.
e) Quienes hayan disfrutado de estancias en centros extranjeros de duración inferior
a la requerida reglamentariamente para optar a la Mención Internacional, podrán
ser beneficiarios de la presente ayuda prorrateada para el período que reste para
cumplir los requisitos para optar a la misma (Base Séptima).
f) En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario las personas en
quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Estos requisitos deben cumplirse desde la presentación de las solicitudes hasta la finalización de todo el proceso de la ayuda.

BOCM-20240226-27

Para optar a las siguientes ayudas, a que se refieren las presentes bases reguladoras, los
estudiantes de doctorado de la URJC deberán reunir los siguientes requisitos: